RESOLUCIÓN 61 2006 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

APROBACIÓN RECEPCIÓN DEFINITIVA OBRA N° 13 DEL DECRETO N° 1.721-04 - AV.CANTILO CONSTRUCIÓN DE CARRIL AUXILIAR - TRAMO CIUDAD UNIVERSIARIA AV.UDAONDO

Publicación:

21/11/2006

Sanción:

10/11/2006

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto el Decreto N° 1.721/04 y el Registro N° 615-SSTyT/05, y

CONSIDERANDO:

Que, la obra N° 13 del Decreto N° 1.721/04 -Av. Cantilo, Construcción de carril auxiliar. Tramo Ciudad Universitaria - Av. Udaondo, fueron ejecutadas por la empresa Autopistas Urbanas S.A. en el marco del Decreto N° 1.721/04;

Que, conforme a la documentación remitida a la Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales por Autopistas Urbanas S.A. mediante Registro N° 615-SSTyT/06, es necesario elaborar el documento para la recepción final de la obra;

Que, la documentación conforme a obra presentada, contó con la evaluación de la Dirección General de Obras Públicas la cual requirió la incorporación de la memoria descriptiva, el cálculo del paquete estructural y su verificación para una mayor información al respecto;

Que, luego de presentada la documentación solicitada, la Dirección General de Obras Públicas consideró que la misma respondía a lo requerido para este tipo de situaciones, aprobando el proyecto correspondiente;

Que, la Dirección General de Obras Viales no realizó ninguna observación al respecto y prestó conformidad para la aprobación de la recepción final de la obra;

Que, la obra contó con la fiscalización de la Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales;

Que, el mantenimiento, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1.721/04, está a cargo de la empresa Autopistas Urbanas S.A.;

Por ello,

LOS SUBSECRETARIOS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Y DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS

RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébese la recepción definitiva de la obra N° 13 del Decreto N° 1.721/04 -Av. Cantilo, Construcción de carril auxiliar. Tramo Ciudad Universitaria - Av. Udaondo.

Artículo 2° - Encomiéndese a la empresa Autopistas Urbanas S. A. el mantenimiento de la obra ejecutada, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1.721/04.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; comuníquese al Ente de Mantenimiento Urbano Integral y a la empresa AUSA y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res.61-SSTTYSSYO-06 integra Dec.1721-04 aprueba plan de obras viales en autopistas y vías interconectadas- otorga concesión a Autopistas urbanas SA