LEY 2138 2006
Síntesis:
DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN A DISTINTOS BIENES MUEBLES - COOPERATIVA DE TRABAJO TEXTIL CERES LIMITADA - EX TRABAJADORES DE LA EMPRESA FACYA SAIC - CESIÓN EN COMODATO
Publicación:
18/12/2006
Sanción:
09/11/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
11/12/2006
Artículo 1° - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes muebles existentes en el Anexo I hasta el monto de pesos cincuenta mil ($ 50.000) en moneda constante.
Artículo 2° - Los mencionados bienes deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo Textil Ceres Limitada formada por los ex trabajadores de la empresa Facya S.A.I.C.
Artículo 3° - La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la Ley N° 238.
Artículo 4° - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede en comodato a la Cooperativa de Trabajo los bienes a expropiar con la condición que la entidad continúe con su actividad.
Artículo 5° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ejercicio 2007.
Artículo 6° - El Poder Ejecutivo, a los treinta (30) días de promulgada la presente ley, iniciará el proceso expropiatorio.
Artículo 7° - Comuníquese, etc.de Estrada - Bello