RESOLUCIÓN 123 2006 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

MODIFICA LOS MONTOS DE ASIGNACIÓN A LOS PROYECTOS DEL CONCURSO DE APOYO A UNIDADES PRODUCTIVAS - PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES COOPERATIVAS - CREA LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN - DESIGNA INTEGRANTES - RESPOSABILIDADES PRIMARIAS - FUNCIONES

Publicación:

05/01/2007

Sanción:

18/12/2006

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto los Decretos Nros. 1.924/04 (B.O.C.B.A. N° 2059), y 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), y la Resolución N° 100-SSPRODU/06 (B.O.C.B.A. N° 2571), y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto se convocó al concurso Apoyo a Unidades Productivas en el marco del Programa de Promoción de Actividades Cooperativas, creado por el Decreto N° 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), con el objeto de mejorar la capacidad competitiva de las cooperativas y la contribución, por esta vía, al mantenimiento y/o ampliación de los puestos de trabajo involucrados;

Que en concordancia con tal decisión, la Subsecretaría de Producción dependiente del Ministerio de Producción, por medio del art. 1° de la Resolución N° 100-SSPRODU/06 (B.O.C.B.A. N° 2571), convocó a concurso con el objeto de acceder a un aporte no reembolsable utilizable para la provisión de bienes de uso, bienes de capital, máquinas y herramientas, insumos productivos y/o tecnología;

Que, a su vez, el art. 8° de dicha resolución fija en un máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000), el monto máximo a asignar por proyecto;

Que durante el proceso de atención de los requerimientos efectuados por los eventuales postulantes, ha podido verificarse que el monto máximo establecido era exiguo para habilitar la participación de todos aquellos que, habiendo demostrado interés en intervenir en la convocatoria, se vieron impedidos de hacerlo, por la falta de suficiente recursos para cumplimentar con la totalidad de los proyectos presentados;

Que en tal calidad, la norma en cuestión encomienda a la autoridad de aplicación, entre otras responsabilidades, la de evaluar las solicitudes presentadas para que se encargue de analizar las propuestas técnicas y los antecedentes de las entidades participantes, a la vez de elevar las conclusiones de tales estudios a la autoridad de aplicación, recomendando, en cada caso, la procedencia o rechazo de cada una de ellas;

Que en tal sentido la normativa contempla el cumplimiento de una etapa de evaluación en el análisis de los aspectos técnicos del proyecto, y sobre la cantidad de fuentes de trabajo ocupadas en la unidad productiva;

Que consecuentemente y por los motivos expuestos, se estima conveniente proceder a la constitución de una Comisión de Evaluación a la que alude la normativa detallada, y a la aprobación de una herramienta de evaluación, con el objeto de alcanzar los propósitos señalados en el anterior considerando;

Que por ello y en orden a las facultades que confiere la Resolución N° 100-SSPRODU/06 (B.O.C.B.A. N° 2571),

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase el monto máximo a asignar por proyecto, previsto en el art. 8° de la Resolución N° 100-SSPRODU/06 (B.O.C.B.A. N° 2571), eliminando tal límite, en tanto el monto a asignar represente una suma de hasta el 80% del valor del proyecto. Los montos adicionales a lo estipulado originalmente en este concurso serán asignados de la misma partida presupuestaria que dio origen al mismo.

Artículo 2° - Créanse una Comisión de Evaluación, a los efectos de tomar intervención en el concurso Apoyo a Unidades Productivas creado por el Decreto N° 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222) en el marco del Programa de promoción de Actividades Cooperativas.

Artículo 3° - Establécese que la Comisión de Evaluación estará integrada por un total de tres (3) miembros cuyos datos personales se detallan a continuación:

a) Marcela Lamelza DNI 16.892.732

b) Miguel Davidziuk DNI 13.214.853

c) Paola Quiroga DNI 24.133.556

La Comisión quedará constituida una vez que se reúnan los miembros de la misma.

Artículo 4° - Establécese que la responsabilidad primaria de la Comisión Evaluadora consistirá en verificar la razonabilidad de las propuestas seleccionadas conforme las pautas establecidas en las bases y condiciones integrantes del mismo acto resolutivo, a partir de los informes que para cada uno de ellos realice la unidad ejecutora del programa.

Las tareas que desarrollará para cumplir con tal compromiso, serán las siguientes:

a) Recibir los informes de evaluación que produzca la unidad ejecutora para cada una de las entidades proponentes;

b) Determinar la consistencia de la evaluación realizada por la referida unidad respecto de las distintas propuestas, con relación al puntaje otorgado a cada uno de los items calificados;

c) Emitir sus dictámenes por escrito, debiendo en ellos expedirse confirmando o modificando el puntaje, a partir del análisis de los informes presentados por la unidad ejecutora.

Artículo 5° - Establécese que los miembros de la Comisión Evaluadora emitirán sus dictámenes por escrito en la planilla correspondiente.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Industria, Comercio y Servicios de la Subsecretaría de Producción y de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Producción. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 123-SSPRODU-06-Modifica art 8°, Res 100-SSPRODU-06-Modifica monto máximo de asignación a proyectos presentados en el marco del Concurso Apoyo a Unidades Productivas-