DECRETO 2342 2006

Síntesis:

SE PRORROGA, POR NOVENTA DÍAS LA VIGENCIA DE LA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN DE LOS JUEGOS ODESUR 2006, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 8° DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 9-05 MODIFICADO POR LEY N° 1.924

Publicación:

08/01/2007

Sanción:

28/12/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Convenio N° 22/05 (B.O.C.B.A. N° 2315), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/05 (B.O.C.B.A. N° 2345), modificado por Ley N° 1.924 (B.O.C.B.A. N° 2427) y el Expediente N° 85.058/06; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/05, se creó la Unidad de Organización de los Juegos ODESUR 2006, como ente descentralizado con autonomía técnica administrativa y autarquía financiera, para llevar adelante las tareas relacionadas con la organización, administración y ejecución de los VIII Juegos Deportivos Sudamericanos 2006 a desarrollarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo previsto en el artículo 8° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/05 modificado por Ley N° 1.924, la citada unidad tiene vigencia hasta el cierre del ejercicio presupuestario del año 2006 pudiendo el Poder Ejecutivo, ampliar el mencionado plazo, a los efectos de dar término a su liquidación hasta un máximo de seis (6) meses;

Que finalizados los VIII Juegos Deportivos Sudamericanos 2006 el Director Ejecutivo de la mencionada unidad manifestó la necesidad de contar con el tiempo material suficiente para completar los circuitos administrativos inherentes al cierre de los juegos manteniendo la continuidad laboral de algunos de los miembros de la organización, a fin de efectuar la rendición contable financiera y la memoria de los VIII Juegos Deportivos Sudamericanos;

Que atento encontrarse próximo a vencer el plazo de vigencia establecido en el artículo 8° del Decreto Necesidad y Urgencia N° 9/05, modificado por Ley N° 1.924, es voluntad del Jefe de Gobierno prorrogar a partir del 1°/1/07, y por un plazo de noventa (90) días, la vigencia de la actual Unidad de Organización de los Juegos ODESUR 2006 a los fines de su liquidación;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Prorrógase a partir del 1°/1/07, por un plazo de noventa (90) días la vigencia de la Unidad de Organización de los Juegos ODESUR 2006, conforme lo establecido en el artículo 8° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/05 modificado por Ley N° 1.924.

Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 3° - Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Comité Organizador de los Juegos Deportivos Sudamericanos de Buenos Aires 2006 y a la Subsecretaría de Deportes de la Secretaría General, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Recursos Humanos y a la Unidad de Organización de los Juegos ODESUR 2006. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dto. 2342-06 prorroga a partir del 1-1-07, por noventa días, la vigencia de la Unidad de Organización de los Juegos ODESUR 2006, conforme lo establecido en el artículo 8 del DNyU 9-05, modificado por Ley 1924