DECRETO 24 2007

Síntesis:

SE DISPONE PRÓRROGA PARA EL AÑO 2007 DEL VENCIMIENTO DE LOS TÉRMINOS Y PLAZOS PREVISTOS PARA LOS CONCURSOS DE ASCENSO DOCENTE - ÁREAS DE EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA -  EDUCACIÓN ARTÍSTICA - EDUCACIÓN SUPERIOR  - EDUCACIÓN DEL ADULTO Y DEL ADOLESCENTE - CENTROS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO - CENS

Publicación:

17/01/2007

Sanción:

08/01/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 86.768/06, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tramita la postergación, para el año 2007, de la culminación de los concursos de ascenso correspondientes al año 2006;

Que la medida mencionada tiene sustento en la imposibilidad material de dar cumplimiento a los términos y plazos previstos por la reglamentación del artículo 20 de la Ordenanza N° 40.593 - Estatuto del Docente -, en los casos de las Áreas de Educación Media y Técnica, de Educación Artística, de Educación Superior y de Educación del Adulto y del Adolescente -Centros Educativos de Nivel Secundario-;

Que la imposibilidad invocada se produjo a raíz de la finalización, en el ámbito de las áreas consignadas en el anterior considerando, en el mes de noviembre de 2006 de los Concursos de Traslado, Acrecentamiento, Acumulación e Ingreso a la Docencia correspondientes a los años 2004 y 2005, dilación debida al proceso de las titularizaciones efectuadas en el marco de la Ley N° 1.679;

Que a los fines de legitimar la medida señalada, corresponde disponer la prórroga, con carácter de excepción y al único efecto del cumplimiento del objeto de la presente medida, del vencimiento de los términos y plazos establecidos en la reglamentación del artículo 20 la Ordenanza N° 40.593 para la administración de los concursos para la cobertura de cargos en las Áreas de la Educación Media y Técnica, Artística, Superior y de Adultos y Adolescentes -CENS-;

Que la medida mencionada queda limitada al año 2007, por lo que corresponde encomendar a la Subsecretaría de Educación la elaboración de los respectivos cronogramas, los que serán sometidos a la aprobación del Ministerio de Educación en la fecha que éste disponga;

Que, teniendo en cuenta que el art. 20 de la Ordenanza N° 40.593 indica que las tomas de posesión derivadas de las causas de movimientos del personal docente nominadas en dicha norma, deberán concretarse al comienzo del año escolar siguiente al del concurso; y tratándose, en este caso, de los concursos del año 2006, no corresponde que las tomas de posesión resultantes de los mismos se trasladen al comienzo del año escolar de 2008 puesto que deben formalizarse en el año 2007;

Por ello, en uso de las facultades que le confieren los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Dispónese la prórroga para el año 2007 del vencimiento de los términos y plazos reglamentariamente previstos para los concursos de ascenso normados por el artículo 20 del Estatuto del Docente -Ordenanza N° 40.593- correspondientes al año 2006 en las Áreas de Educación Media y Técnica, de Educación Artística, de Educación Superior y de Educación del Adulto y del Adolescente - Centros Educativos de Nivel Secundario.

Artículo 2° - Encomiéndase a la Subsecretaría de Educación la elaboración, dentro del plazo que establezca el Ministerio de Educación, del cronograma que se aplicará para el desarrollo de las secuencias de sustanciación de los concursos mencionados en el art. 1°.

Artículo 3° - Dispónese que una vez culminados los concursos a los que se refiere el art. 1° del presente decreto y elegidos los cargos por los docentes que hayan accedido al ascenso, aquéllos tomarán posesión de los mismos en forma inmediata.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese por copia al Ministerio de Educación -Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria-. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
Art. 24-07 dispone una prórroga excepcional para el año 2007 del vencimiento de los términos y plazos reglamentariamente normados por el art. 20 de la Ord. 40593 y su reglamentaciòn Dec. 611-86