LEY 2276 2006
Síntesis:
MONTO DEL SUBSIDIO MENSUAL Y VITALICIO A EX COMBATIENTES HÉROES DE LA GUERRA DE LAS ISLAS MALVINAS GEORGIAS SANDWICH E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR - VETERANOS DE MALVINAS - BENEFICIARIOS - MODIFICACIÓN LEY 1075
Publicación:
31/01/2007
Sanción:
21/12/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
24/01/2007
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase el artículo 5° de la Ley N° 1.075, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5° - El monto del subsidio establecido en el artículo 1° de la presente Ley, será equivalente a la categoría establecida en el agrupamiento Servicios Sociales e Institucionales, Tramo A, Nivel 08, compuesta por asignación básica y adicional por nivel, del Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 583/05 - B.O.C.B.A. N° 2187), y/o el que reemplace en el futuro, excluida la compensación por antigüedad."
Artículo 2° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello.