RESOLUCIÓN 4882 2006 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

ESTABLECE QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO SERÁ LA RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES PREVISTAS EN EL DECRETO N° 1.276-06 - CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE PAGO A PROVEEDORES, POR PROVISIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON TRAMITACIÓN EN MÓDULO DE COMPRAS DEL SIGAF

Publicación:

31/01/2007

Sanción:

28/12/2006

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


Visto el Decreto N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513) y;

CONSIDERANDO:

Que los arts. 12 y 14 del decreto del visto facultan al titular de la jurisdicción a la cual pertenece la obra a determinar la repartición que deberá, por un lado, recepcionar la documentación exigida por la norma legal a los contratistas de obra pública y, por otro lado, reunir esa y otra documentación en una sola actuación para su remisión a la Dirección General de Contaduría a los efectos de tramitar su liquidación y pago;

Que, en el ámbito de este Ministerio, los procedimientos de contrataciones de obra pública, así como el control de su ejecución, son de competencia de la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria;

Que la inmediatez y centralización de las tramitaciones administrativas resultan en una mayor eficiencia de gestión y utilización de recursos;

Que, a los fines del considerando anterior, resulta aconsejable disponer, por medio del instructivo que como Anexo I forma parte integrante del plexo legal referido en el visto, el procedimiento a seguir por parte de los contratistas de obra pública para la presentación de la documentación de pago, facultando a la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento a solicitar documentación adicional y/o complementaria en caso de considerarlo necesario;

Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo que establezca la competencia de la Dirección General citada tanto para ejercer las funciones detalladas en el primer considerando, conforme el instructivo del Anexo I, como para proceder, en caso necesario, a requerir documentación suplementaria;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le otorgan los arts. 12 y 14 del Decreto N° 1.276/06,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese que en el ámbito de este Ministerio las funciones previstas en los arts. 12 y 14 del Decreto N° 1.276/06 serán cumplidas por la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria.

Artículo 2° - Facúltase a la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento a proceder, en caso de considerarlo necesario, a solicitar a las empresas contratistas documentación adicional y/o complementaria a la requerida en el procedimiento aprobado por Decreto N° 1.276/06.

Artículo 3° - Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, a la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res.4882-MEGC-06 establece que las funciones previstas en los arts. 12 y 14 del Decreto N° 1.276-06 serán cumplidas por la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento.