RESOLUCIÓN 2490 2006 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA EL PROGRAMA DOCENTE DE CONCURRENCIA POSBÁSICA EN HIPERTENSIÓN ARTERIAL - CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS DE SALUD - PROFESIONALES EN ÁREAS RELACIONADAS A LA PREVENCIÓN PRIMARIA
Publicación:
16/02/2007
Sanción:
18/12/2006
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Visto la Nota N° 5.516-DGDRHS-DCyD/05, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Dirección de Capacitación y Desarrollo, eleva para la consideración de esta Superioridad la aprobación de un proyecto destinado a formar recursos humanos especializados en la atención de las personas con hipertensión arterial, en virtud de los importantes cambios operados en relación al diagnóstico y tratamiento de la misma;
Que distintos estudios han demostrado que la experiencia del profesional en la detección precoz y el adecuado manejo de la enfermedad hipertensiva está relacionada con el pronóstico de estos pacientes y la incidencia de eventos vasculares;
Que en tal sentido, resulta necesaria la formación de profesionales en áreas relacionadas a la prevención primaria y en el adecuado manejo de patologías de elevada prevalencia y alto impacto en la morbimortalidad de la población;
Que la actividad cuya elevación efectuara la Dirección de Capacitación y Desarrollo, denominada Programa Docente de Concurrencia Posbásica en Hipertensión Arterial, está destinada a los profesionales concurrentes del sistema de salud con orientación al diagnóstico, tratamiento y seguimiento de personas con hipertensión arterial;
Que los objetivos generales e integrales de la Concurrencia Posbásica en Hipertensión Arterial se orientan a la capacitación de profesionales para realizar una adecuada valoración del paciente hipertenso, confección de historias clínicas y examen físico sistematizado, orientado fundamentalmente al daño de origen cardiovascular; como asimismo a desarrollar el rol docente con promoción y supervisión del mismo, actualización bibliográfica y ateneos del servicio, así como en la actividad de investigación con formación en metodología científica, integración de equipos de trabajo y formación en temas regulatorios concernientes a la investigación clínica y de bioética;
Que, de conformidad con lo dispuesto mediante el Dictamen N° 14.261/84, de la Procuración General y la Resolución N° 45-SSPYMA/86; la actividad antes mencionada, será de un entrenamiento, no efectuando los concurrentes asistencia de pacientes ni suscripción de informes como órganos o agentes del Gobierno;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Apruébase el Programa Docente de Concurrencia Posbásica en Hipertensión Arterial, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección de Capacitación y Desarrollo.
ANEXO
ANEXOS
Ver archivo 1
Ver archivo 2
Ver archivo 3
Ver archivo 4
Ver archivo 5