DECRETO 295 2007
Síntesis:
SE MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO N° 2.245-06 - ASIGNACIÓN DE TELEFONÍA CELULAR - TELEFONÍA MÓVIL
Publicación:
28/02/2007
Sanción:
16/02/2007
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 2.245/06 (B.O. N° 2596) y el Expediente N° 9.091/07, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado decreto se estableció que la asignación de telefonía celular se limita al servicio de telefonía móvil que contrata centralizadamente el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que sólo se encuentra habilitada para los niveles jerárquicos superiores hasta el Director General inclusive;
Que en su artículo 6° se autoriza el uso de un equipo de telefonía móvil (celular), dentro del presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por cada uno de los funcionarios señalados en el Anexo que forma parte de la citada norma;
Que la empresa que presta el referido servicio hizo una propuesta en la cual baja el costo de todos los abonos, crea una red privada de comunicación entre los celulares pertenecientes a este Gobierno, lo que se traduce en que todas las llamadas realizadas entre los celulares de esta administración son ilimitadas y sin costo y las llamadas de larga distancia realizadas desde la Ciudad de Buenos Aires serán efectuadas al precio de una llamada local, siendo los minutos otorgados facturados solamente para las llamadas salientes;
Que en consecuencia resulta conveniente modificar el artículo 6° del decreto citado;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase el Anexo del Decreto N° 2.245/06, el que queda constituído según el Anexo que se adjunta al presente y que, como tal, forma parte integrante del mismo.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de Contaduría y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.