RESOLUCIÓN 91 2007 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
DELEGA FACULTADES EN LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PROGRAMACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO, EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO Y EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIONES EN LA VÍA PÚBLICA - TAREAS EN LA VÍA PÚBLICA POR PARTE DE LAS EMPRESAS PRESTATARIAS DE SERVICIOS DE TELEVISIÓN POR CABLE Y TRANSMISIÓN DE DATOS
Publicación:
08/03/2007
Sanción:
12/02/2007
Organismo:
MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO
Visto la Ley N° 1.877, y el Decreto N° 208/07, y
CONSIDERANDO:
Que, que por la Ley N° 1.877, se encuadra normativamente la realización de tareas en la vía pública por parte de las empresas prestatarias de servicios de televisión por cable y transmisión de datos;
Que, por el Decreto N° 208/07, se reglamentó la ley antes mencionada, instituyendo como autoridad de aplicación al Ministerio de Espacio Público;
Que, con el objeto de poder cumplir eficaz y eficientemente con la responsabilidad asignada a este Ministerio, resulta necesario canalizar las tareas a través de las reparticiones que le dependen, cuyas misiones y funciones específicas, guardan estrecha relación, con el objeto perseguido por la norma jurídica, que se reglamenta;
Que, por lo expresado anteriormente resulta necesario, delegar, en la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público, el tratamiento y resolución de las cuestiones a las cuales dieren lugar las presentaciones de las empresas prestadoras de televisión por cable y servicios complementarios;
Que, a idénticos fines que los previstos en el párrafo anterior resulta menester delegar en la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, la facultad de otorgar los permisos a las empresas prestatarias para la instalación de redes de servicio de televisión por cable y servicios complementarios;
Que, a fin de garantizar el cumplimiento de los controles previstos en la ley y su reglamentación, corresponde delegar en la Dirección General de Acciones en la Vía Pública la facultad de realizar la Fiscalización y Control de las obras que se autoricen en virtud de lo preceptuado en el párrafo anterior;
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1° - Delégase en la Subsecretaría de Coordinación y Programación del Espacio Público, el tratamiento y resolución de las cuestiones a las cuales dieren lugar las presentaciones de las empresas prestadoras de televisión por cable y servicios complementarios, en el marco de lo previsto por la Ley N° 1.877 y su Decreto reglamentario N° 208/07.
Artículo 2° - Delégase en la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, la facultad de otorgar los permisos a las empresas prestatarias para la instalación de redes de servicio de televisión por cable y servicios complementarios, en el marco de lo previsto por la Ley N° 1.877 y el Decreto N° 208/07.
Artículo 3° - Delégase en la Dirección General de Acciones en la Vía Pública la facultad de realizar la Fiscalización y Control de las obras que se autoricen en virtud de lo preceptuado en el artículo anterior.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho, notifíquese a la Subsecretaría de Coordinación y Programación del Espacio Público, a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público y a la Dirección General de Acciones en la Vía Pública dependencias de este Ministerio. Cumplido, archívese.