RESOLUCIÓN 7 2007 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA LA EJECUCIÓN DE UN CONTRA-CARRIL EN LA CALLE BOLÍVAR EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN DE LAS LÍNEAS DE COLECTIVOS NROS 24 Y 86

Publicación:

12/03/2007

Sanción:

02/03/2007

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto la Nota N° 1.132-DGTRANSI/07, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la nota señalada en el visto la Dirección General de Tránsito manifiesta que la obra de remodelación de la Plaza de Mayo y el cierre al tránsito de la calle Balcarce entre avenidas Rivadavia e Hipólito Yrigoyen contempla un cierre total y permanente de ese tramo de arteria, como parte de los trabajos de revaloración de los espacios contiguos a la sede del Gobierno Nacional;

Que el cierre al tránsito de la calle Balcarce entre avenidas Rivadavia e Hipólito Yrigoyen, obliga a las líneas de transporte público de pasajeros, que provienen de avenida Diagonal Sur, Julio Argentino Roca y se dirigen a Avenida de Mayo, a realizar un extenso recorrido por avenida La Rábida, circunvalando el Parque Colón;

Que ante tal situación se ha evaluado la alternativa de construir una calzada de unión entre ambos puntos, utilizando un carril próximo al Cabildo, con circulación inversa al tránsito de la calle Bolívar;

Que si bien la afectación que se trata se estima que podría crear conflictos al tránsito vehicular de la calle Bolívar, por el espacio que reduce la calzada de la misma, su autorización resulta ineludible para resolver la situación planteada;

Que, como consecuencia de la circulación especial que se propicia, por el carril en cuestión, deberá transitar, únicamente, el transporte público de pasajeros, prohibiendo terminantemente la circulación del tránsito en general, con excepción de vehículos de emergencia y de seguridad;

Por ello, conforme con lo proyectado por la Dirección General de Tránsito,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la ejecución de un contra-carril en la calle Bolívar, entre la bocacalle de Hipólito Yrigoyen y la de Avenida de Mayo, con circulación inversa al tránsito de esa arteria, exclusivamente para la circulación de las líneas Nros. 24 y 86 de transporte colectivo de pasajeros, utilizando el carril de la calle Bolívar, más próximo al Cabildo.

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez concluidas las obras y colocado el correspondiente señalamiento vertical y horizontal.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito, la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a las Direcciones Generales de Obras Viales y de Seguridad Vial.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 4812 deja sin efecto la Res. 7-SSTyT-07.-</p>
MODIFICADA POR
Res 9-SSTT-07 modifica el recorrido de las líneas de autotransporte público de pasajeros N° 24 y N° 86
REGLAMENTADA POR
Disp. 22-DGTRANSI-07 establece fecha de entrada en vigencia de la Resolución N° 7-SSTyT-07