RESOLUCIÓN 627 2007 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

AUTORIZA A LA FUNDACIÓN PARA LA INICIATIVA POPULAR UTILIZAR EN FORMA PRECARIA Y TEMPORAL UNA FRACCIÓN DEL CENTRO DE EXPOSICIONES DE LA CABA PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO BAFWEEK -EDICIÓN OTOÑO-INVIERNO 2007

Publicación:

16/03/2007

Sanción:

01/03/2007

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto el Expediente N° 14.090/07, el Decreto N° 7.962/78 (B.M. N° 15.925), y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la solicitud formulada por la Fundación para la Iniciativa Popular, respecto al arrendamiento de 8.946 m2 cubiertos, correspondientes al Centro de Exposiciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la realización del evento denominado BAFWEEK -edición Otoño-Invierno 2007- a desarrollarse entre los días 4 al 10 de marzo del corriente año incluyendo días de armado y desarme;

Que el citado evento cuenta con el auspicio del Ministerio de Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 7.962/78 se aprobó la reglamentación para el funcionamiento del referido centro, estableciendo que la Ley Tarifaria es la norma que fija los importes a abonar por arrendamiento, siendo de aplicación para el presente caso la correspondiente a fundaciones auspiciadas por organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley Tarifaria vigente dispone en su art. 109 que cuando el evento motivo del uso del Centro de Exposiciones esté relacionado con las funciones de los organismos antes citados y cuenten con su auspicio, el usuario abonará el 80% de los aranceles prescriptos en el punto 2° del art. precedente al notificarse de la resolución concedente emanada del Ministerio de Hacienda, que condicione la utilización efectiva al previo pago del importe resultante;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase a la Fundación para la Iniciativa Popular con el auspicio del Ministerio de Producción a utilizar en forma precaria y temporal una superficie total de 8.946,28 m2 cubiertos correspondientes al Centro de Exposiciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Dirección General de Concesiones, para la realización del evento denominado BAFWEEK -edición Otoño-Invierno 2007- a desarrollarse entre los días 4 al 10 de marzo del corriente año, de conformidad a las condiciones establecidas en el reglamento aprobado mediante Decreto N° 7.962/78.

Artículo 2° - La presente autorización, implica únicamente el permiso del uso temporal y precario de las superficies mencionadas en el art. 1° y no abarca el permiso específico de las actividades que se desarrollarán en dicho evento, el que deberá adecuarse a las normativas nacionales y propias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y cuya tramitación ante los organismos pertinentes deberá ser gestionada por la entidad mencionada ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, teniendo en cuenta el fiel cumplimiento de la Ordenanza N° 51.277 (B.O. N° 298), la Ordenanza N° 51.586 (B.O. N° 299) y la Ley N° 28 (B.O. N° 471).

Artículo 3° - Establécese que la utilización efectiva del predio quedará condicionada al previo pago del importe resultante en concepto de canon, al depósito de las garantías de los futuros consumos de los servicios de energía eléctrica y agua y a la constitución de las pólizas de seguros respectivas.

Artículo 4° - El valor total a abonar asciende a la suma de pesos noventa mil ciento setenta y nueve ($ 90.179), el cual se liquida según lo previsto en el art. 109 de la Ley Tarifaria para el año 2007. Dicha suma será depositada en el Banco Ciudad de Buenos Aires, casa matriz, Cuenta Corriente N° 200.129/2 Cánones de Privatizaciones y Concesiones.

Artículo 5° - El pago por el uso precario y temporal que se concede no comprende el suministro de energía eléctrica y agua. En garantía de pago de esos consumos la entidad deberá depositar pesos treinta y tres mil ochocientos diecisiete ($ 33.817) a los efectos de que determinados los consumos producidos por la Dirección General de Concesiones, la entidad podrá solicitar el reintegro del saldo no invertido. Asimismo y a efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas respecto al desarme en término y entrega en buen estado de las instalaciones y superficies arrendadas, la Fundación para la Iniciativa Popular deberá depositar en concepto de garantía la suma de pesos cinco mil seiscientos treinta y seis ($ 5.636), ambos importes se depositarán en la Cuenta Corriente N° 26.319/1 DCyP (Garantías) del Banco Ciudad de Buenos Aires, casa matriz.

Artículo 6° - Establécese que la contratación del servicio telefónico corre por cuenta del permisionario, quien deberá requerir a la empresa Telecom la instalación de las líneas provisorias necesarias, las que serán total y exclusivamente a su cargo.

Artículo 7° - A fin de preservar los derechos de los expositores que se presentan con posterioridad a la realización de este evento, el desarme y retiro de los materiales de las superficies arrendadas deberá hacerse antes de la hora ocho (8) del día 11 de marzo de 2007, fecha en que los respectivos espacios deberán quedar totalmente desocupados, debiendo encontrarse los pisos e instalaciones en iguales condiciones de limpieza y conservación en que se recibieron.

Artículo 8° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a Ministerio de Producción, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Concesiones.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Aprueba el Reglamento que rige los permisos de uso temporal y precario del Centro Municipal de Exposiciones