DISPOSICIÓN 1 2007 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Síntesis:

SE CREA EL PLAN ÚNICO DE DEPORTES PARA LA CIUDAD, Y EL NUEVO ORGANIGRAMA FUNCIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS - DEJA SIN EFECTO PROGRAMAS DEPORTIVOS

Publicación:

19/03/2007

Sanción:

12/03/2007

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS


Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.925, el Decreto N° 350/06, la Ley N° 1.624, la Ley N° 1.807, la Ley N° 1.777 y el Decreto N° 81/06,

CONSIDERANDO:

Que es preciso acompañar las políticas emanadas de la Subsecretaría de Deportes y de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad;

Que surge la necesidad de revisar a la luz de la experiencia los diferentes programas de la Dirección General, evaluando el impacto social producido y, asimismo, adaptarlos a los nuevos lineamientos de Gobierno que presenta la Ciudad;

Que merece una reflexión especial el cumplimiento de lo expresado en el art. 33 de la Constitución de la Ciudad cuando expresa: La Ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades;

Que encontrándose en vigencia la Ley del Deporte N° 1.624 resulta menester contar con una planificación acorde a los principios y al espíritu de la misma;

Que en su artículo 4° esta ley garantiza la igualdad de acceso sin discriminación de ninguna naturaleza, base esencial para implementar una política deportiva que tenga entre sus objetivos fundamentales consagrar la inclusión social mas amplia en la práctica de los deportes;

Que la Honorable Legislatura de la Ciudad ha aprobado en el presupuesto 2007 fondos acordes con las políticas deportivas solicitadas;

Que es necesario adaptar las acciones de esta Dirección a los lineamientos generales que conducen el proceso de descentralización en la gestión de los asuntos públicos a través de la creación de las Comunas, previstos en el artículo 4° de la Ley N° 1.777;

Que debemos imaginar en el ámbito del deporte una ciudad diferente, un ámbito abierto a las inquietudes y propuestas de los vecinos, sobre distintos aspectos que consideren fundamentales para el funcionamiento presente y futuro de las Comunas;

Que la preservación y cuidado del espacio público es, actualmente, uno de los principales ejes que estructuran las políticas públicas del Estado porteño en tanto agente responsable de la consolidación de una ciudad inclusiva;

Que se están realizando una serie de intervenciones en espacios públicos urbanos degradados con el objetivo de ponerlos en valor y recuperarlos como patrimonio y para uso de todos los porteños;

Que frente a un modelo de espacio público cerrado o alejado de la utilización del ciudadano por problemas de seguridad o, simplemente, por el abandono y deterioro de los mismos es necesario crear un espacio abierto a la actividad física y práctica deportiva sin barreras, sin discriminación, sin diferencias de género ni de posibilidades;

Que para ello enfrentamos el desafío de diseñar y gestionar proyectos, tradicionales o innovadores que convoquen a los vecinos, de todas las franjas etáreas, al espacio público con criterios de desarrollo personal y participación social y comunitaria;

Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 6 de octubre de 2005 sanciona la Ley N° 1.807, de Fomento y Promoción de Clubes de Barrio. De esa manera estas organizaciones fundamentales de nuestra sociedad tuvieron el reconocimiento legislativo merecido por su relevante accionar. Y deben tener participación en el desarrollo de las políticas deportivas que se implementen;

Que los centros polideportivos son instituciones tradicionales del sistema deportivo porteño;

Que es necesario insertar decididamente a los centros en el nuevo sistema deportivo que provocará la nueva organización política y operativa de la comuna. Como así también optimizar y ampliar los servicios deportivos que se brindan en estas tradicionales instituciones, bregando por que los mismos sean espacios de inclusión y participación de los vecinos e instituciones del barrio;

Que es necesario establecer un circuito administrativo eficiente que permita el control de las actividades a desarrollar en las distintas sedes;

Que las distintas tareas a desarrollarse requieren de una continuidad que deberá ser aportada por la comunidad;

Que a tal efecto esta Dirección General de Promoción de Actividades Deportivas deberá instrumentar los mecanismos tendientes a la formación de líderes deportivos;

Que para cumplir todos estos objetivos resulta esencial la implementación de un plan único de deportes para toda la ciudad;

Que es necesario adaptar la planta funcional de esta dirección a este plan maestro de deportes;

Que ello implica la necesidad de efectuar modificaciones, reasignaciones y/o nuevas designaciones del personal que pueda cumplimentar, con idoneidad, las funciones que se le asignen;

Que por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN

DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

DISPONE:

Artículo 1° - Créase el Plan Único de Deportes para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detalla en el Anexo I que forma parte en un todo de la presente norma.

Artículo 2° - Créase el nuevo Organigrama Funcional de la Dirección General de Promoción de Actividades Deportivas de acuerdo al detalle del Anexo I el que forma parte en un todo de la presente norma.

Artículo 3° - Apruébense los cargos descriptos de acuerdo a las modificaciones del citado organigrama al personal que se detalla en el Anexo II que forma parte en un todo de la presente norma.

Artículo 4° - Déjase constancias que las presentes designaciones, no importarán una mayor erogación al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni mayor retribución para los agentes designados debido a que dichos nombramientos son al solo efecto organizativo y funcional, manteniendo los agentes designados, su actual situación de revista.

Artículo 5° - Déjase sin efecto los programas deportivos no contemplados en el presente plan.

Artículo 6° - Déjase sin efecto el organigrama funcional de la Disposición N° 123-DGD/05, Anexos IV y V.

Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, remítase para su conocimiento a la Subsecretaría de Deportes, Dirección Coordinación de Recursos Humanos, Dirección Coordinación Gestión Administrativa y Contable, Dirección General Coordinación Recursos Deportivos, Dirección Promoción Deportiva y Dirección Instalaciones Deportivas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

PLAN ÚNICO DE DEPORTES
PARA LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES

PASIÓN

Este Plan está pensado y diseñado por y para
la Gente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con pasión, con fervor, con amor.
Respetando lo que se hizo bien, abierto a nuevas tecnologías,
Para hacer realidad un sueño: la igualdad de oportunidades en
la mejora de la calidad de vida de los vecinos de la ciudad

VISIÓN
Concebir a la Ciudad de Buenos Aires como un espacio abierto,
seguro y agradable a la participación y práctica de actividades
físicas y deportivas sin barreras, sin discriminación, sin
diferencias de género ni de posibilidades

MISIÓN
ARTÍCULO 33.-
La Ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades
físicas, procurando la equiparación de oportunidades.
Sostiene centros deportivos de carácter gratuito y facilita la
Participación de sus deportistas, sean convencionales
O con necesidades especiales, en competencias
nacionales e Internacionales
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ÍNDICE

- ¿Qué es el Plan Único?
- Objetivos Generales
- Estrategias
- Fundamentos
- Gestión
- Participación Comunitaria
- Política del Espacio Público
- El Club de Barrio
- Centros polideportivos
- Deporte Federado
- Capacitación
- La Memoria y la Investigación
- Estructura operativa
- Programas y Proyectos

¿Qué es el Plan Único?

El presente Plan se sustenta en tres ejes fundamentales: la gente de Buenos Aires, la participación comunitaria y el buen uso del espacio público.

Alguna vez nos dijeron: “Lo importante es el Pueblo”. Y lo asumimos. Creemos que el verdadero fin de las políticas públicas es satisfacer las necesidades de la gente en pos del bienestar general. Hoy el ciudadano común - niño, joven, adulto o anciano-, por circunstancias diferentes tiene necesidad de realizar actividad física y deportiva para combatir el sedentarismo, caldo de cultivo de un cúmulo de enfermedades. Pero para que ello ocurra necesita animarse, que por un lado es perder el miedo, o creer que puede, o encontrar un lugar adecuado en su barrio donde poder ir, o buscar dentro de sí mismo algunas ganas, muchas veces postergadas. Este Plan es para decirle basta definitivamente al hombre quieto en su silla o en su alma.

En coincidencia con la declaración de Punta del Este (03/12/99) en el marco de la Tercera Conferencia Internacional de Ministros y Altos Funcionarios encargadas de la Educación Física y el Deporte (MINEPS III) que reconoce la importante función que cumplen las organizaciones no gubernamentales en la promoción del deporte, como instrumento para lograr la cohesión social y la democracia este plan se propone contribuir con el proceso de descentralización iniciado, en el cual la ciudadanía a través de sus instituciones pueda ser parte en la toma de decisiones en materia deportiva, generando instrumento para lograr la cohesión social y la democracia este plan se propone contribuir con el proceso de descentralización iniciado, en el cual la ciudadanía a través de sus instituciones pueda ser parte en la toma de decisiones en materia deportiva, generando instrumentos participativos, útiles para la elaboración y gestión de una política deportiva local en las actuales e incipientes comunas.

Este Plan incorpora el Espacio Público, uno de los principales ejes que estructuran las políticas públicas del estado porteño, entendiendo al mismo como agente eficaz de la consolidación de una ciudad inclusiva. Por ello, por un lado, tenemos el firme propósito de jerarquizar el espacio público como un ámbito amplio y democrático, donde el ciudadano pueda realizar actividad física recreativa, en forma libre y gratuita, y por el otro, lograr que el mismo esté preparado en forma óptima y eficiente para la práctica de actividad física, y resguardándolo, profundizando, fundamentalmente, el vínculo del ciudadano con los sitios públicos de su barrio.

En el marco de la profunda transformación que está teniendo la ciudad se impone la necesidad de la implementación de este Plan Único, que signifique una optimización sustancial de los servicios deportivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué es este Plan Único? Primero fue una idea, un sueño. Hoy es acción gestión energía para convertir a Buenos Aires en un espacio abierto, seguro y agradable que fomente la participación y la práctica de actividades físicas y deportivas sin barreras, sin discriminación, sin diferencias de género ni de posibilidades.

Objetivos Generales

- Lograr que la actividad física y deportiva sea uno de los componentes del estilo de vida saludable de las personas, de la familia, de la comunidad, de la escuela y del lugar de trabajo en la Ciudad de Buenos Aires.
- Elevar los niveles de actividad del vecino, garantizando la igualdad de oportunidades, promoviendo la participación personal y social en el sistema deportivo comunitario.
- Contribuir a alcanzar, conservar o recuperar el estado de salud y bienestar por medio de la actividad física y deportiva, sin distinción de género, capacidad o condición sociales aportando a la calidad de vida del ciudadano de Buenos Aires.
- Apoyar al Club de Barrio, entidad básica del sistema deportivo comunitaria, que muestre vocación de servicio en el ámbito barrial.
- Apoyar a los jóvenes que den muestras de proyección en las diferentes disciplinas deportivas, en la posibilidad de acceso a un entrenamiento calificado y a su participación en competencias nacionales e internacionales.


Estrategias

Las estrategias fundamentales del presente Plan son:

- Utilización racional del espacio público, coordinando acciones con Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público y las autoridades de las diferentes comunas, a los efectos de implementar proyectos de iniciación deportiva, actividad física y recreación en plazas, paseos y parques públicos.
- Facilitar y estimular la participación en los programas y proyectos que se implanten de aquellos sectores tradicionalmente excluidos por razones de género, edad, discapacidad o situación social.
- Fomentar, promocionar y coordinar las actividades de las instituciones deportivas de la sociedad civil, en especial con los clubes de barrio, para contribuir a la salud social de esas organizaciones, fortaleciendo su presencia en el ámbito de su comunidad.
- Profundizar el proceso de descentralización, delegando la gestión en las futuras comunas de determinados proyectos y coordinando con la Dirección General la implementación de dichos programas en el ámbito comunitario local.
- Profundizar la articulación con las áreas de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Nación, a los efectos de aportar calidad y seguridad a los proyectos en ejecución.
- Coordinar acciones con otras áreas del gobierno de la Ciudad, propiciando la gestión en red, reduciendo costos y esfuerzos y elevando el impacto social de las actividades programadas.
- Establecer relaciones armoniosas con la Secretaría de Deportes de la Nación y con las administraciones de Deportes de las diferentes provincias argentinas a los efectos de definir en conjunto líneas comunes de acción, compartir espacios de capacitación, generar intercambios de profesionales y propiciar las relaciones y el intercambio con niños y jóvenes de todo el territorio nacional.
- Fomentar, promocionar y coordinar las actividades de las instituciones deportivas de la sociedad civil, en especial con los clubes de barrio, para contribuir a la salud social de esas organizaciones, fortaleciendo su presencia en el ámbito de su comunidad.


Fundamentos

En los últimos años en el joven Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se sancionaron diferentes leyes, todas de ellas de gran trascendentes para el futuro de la ciudad. Las mismas son las siguientes:

Constitución de la ciudad de Buenos Aires (1996)
Ley N° 1624/2004. Ley del Deporte.
Ley N° 1.777/2005. Ley orgánica de Comunas.
Ley N° 1.807/2005. Fomento y promoción de Clubes de Barrio.
Decreto N° 81/2006. Crea quince Centros de Gestión y Participación Comunal.

Ese importante cúmulo de normativas obliga a la Repartición a una profunda revisión de su política en el marco del art. 33 de la Constitución de la Ciudad, frente a los lineamientos de la ley del deporte, que se encuentra en proceso de reglamentación, y al planteo estructural, territorial y de gestión que propone el proceso de descentralización iniciado.

Surge asimismo la necesidad de revisar a la luz de la experiencia los diferentes programas de la Dirección, evaluando el impacto social producido y asimismo, adaptarlos al nuevo sistema de gobierno que presenta la ciudad.

Merece una reflexión especial el cumplimiento de lo expresado en el art. 33 de la Constitución de la Ciudad cuando expresa: “ La ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades.” En ese sentido este Plan tiene como objetivo fundamental profundizar medidas de equidad, redistribución y compensación de diferencias estructurales a favor de los sectores y las zonas más desfavorecidas de la Ciudad. Con la misma filosofía se establecen líneas de acción concretas para apoyar el desarrollo de los jóvenes que muestren proyección deportiva, y que merecen tener igualdad de oportunidades frente a otros deportistas del país.

Son líneas rectoras de este Plan lo que establece la ley del deporte de la ciudad, N° 1624, en su artículo 4, donde al enumerar sus principios generales expresa:

“El deporte y la actividad físico-recreativa se sustentan en los siguientes principios:

a. Igualdad de acceso sin discriminación de ninguna naturaleza.
b. Libertad, expresada en la libre práctica de acuerdo a las capacidades e intereses de los habitantes de la Ciudad se encuentren o no federados.
c. Autonomía definida por la facultad y libertad de las personas físicas y jurídicas de asociarse para la práctica deportiva o de actividades físico recreativas.
d. Legalidad, a través del fiel cumplimiento de las normas por parte de aquellos que participen en los eventos deportivos.
e. Valoración de la práctica deportiva o actividades físico recreativas como factores promotores de la salud, de mejoras en la calidad de vida, de contención social, de integración en la diversidad, de formador de pautas culturales y ámbitos sociales para la sana convivencia.
f. Respeto al medio ambiente.
g. Desarrollo económico impulsado por la industria del deporte.”

Gestión

El presente Plan se propone gestionar en red con diferentes reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de los gobiernos nacional y de las diferentes provincias. Pondremos especial énfasis en la construcción de sólidas relaciones con las áreas de Salud, Educación, Cultura y Espacio Público en una vocación ineludible de contribuir y aportar a la calidad de vida del vecino de la ciudad.

Una serie de circunstancia favorables a la presente gestión es haber logrado la postergada reglamentación de la ley del deporte N° 1624 y del incremento del presupuesto para el área.

Nuestros Ejes de Gestión
Los ejes fundamentales del presente Plan son los siguientes:

Participación Comunitaria
Estamos avanzando. Recordemos los poderosos mecanismos que el proceso utilizó para desanimar el protagonismo en las decisiones. Hoy sus escribas ocultos, escudados en el neoliberalismo, siguen desanimando la participación con diferentes adjetivos. Nosotros pensamos, como lo ha señalado la Organización Mundial de la Salud, que una persona o una institución realmente están sanas si tienen la capacidad y la posibilidad de participar.

La Carta de Ottawa (O.M.S., 1986) identifica tres estrategias básicas para la promoción de la salud. Éstas son la abogacía por la salud con el fin de crear las condiciones sanitarias esenciales antes indicadas, facilitar que todas las personas puedan desarrollar su completo potencial de salud; y mediar a favor de la salud entre los distintos intereses encontrados en la sociedad.

En su momento citamos la Declaración de Punta del Este (1999), que resume las conclusiones de la Tercera Conferencia Internacional de Ministros y Altos Funcionarios encargados de la Educación Física y el Deporte (MINEPS III) donde reconoce la importante función que cumplen las organizaciones no gubernamentales en la promoción del deporte, como instrumento para lograr la cohesión social y la democracia.

Con el mismo espíritu la ley orgánica de comunas N° 1.777, en su artículo 3, establece entre otras finalidades las siguientes:

Inc. b) Facilitar la partiticipación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos.
Inc. c) Promover el desarrollo de mecanismos de democracia directa.
Inc. g) Consolidar la cultura democrática participativa.

Abogacía para la salud

En el sentido de término inglés advogacy (construcción de consensos para generar políticas).

Dicha acción puede ser adoptada por los propios individuos y grupos, y/o en su nombre, con el fin de crear condiciones de vida que conduzcan a la salud y a la adquisición de estilos de vida sanos. Según la Organización Mundial de la Salud (Ginebra, 1995) la abogacía por la salud es una de las tres grandes estrategias de promoción de la salud y puede adoptar muchas formas incluido el uso de los medios informativos y los multimedia, la presión directa a los políticos y el protagonismo de la comunidad. Las instancias de participación, en forma institucionalizada o individual, pueden ser variadas y enriquecedoras.

Según el mismo documento de la O.M.S., el empoderamiento para la salud debe ser un proceso social, cultural, psicológico o político mediante el cual los individuos y los grupos sociales son capaces de expresar sus necesidades, plantear sus preocupaciones, diseñar estrategias de participación en la toma de decisiones y llevar a cabo acciones políticas, sociales y culturales para hacer frente a sus necesidades.

Podemos imaginar una ciudad diferente, un ámbito abierto a las inquietudes y propuestas de los vecinos, sobre distintos aspectos que consideren fundamentales para el funcionamiento presente y futuro de las Comunas.

La descentralización es importante porque al distribuir el poder de decisión, tanto funcional como territorialmente, posibilita una relación más directa, más próxima, más ágil y más transparente entre el gobierno y la ciudadanos.

Esa es la idea y la oportunidad de este proceso de descentralización, invitándonos a asumir el compromiso de ser protagonistas, de una u otra manera del sistema deportivo comunal.

Descentralización

Este Plan participa de los lineamientos generales que conducen el proceso de descentralización en la gestión de los asuntos públicos a través de la creación de las Comunas, que están previstos en el artículo 4° de la Ley N° 1.777 donde se destaca:

- La ejecución descentralizada de los programas presupuestarios que tengan impacto local específico en materia de desarrollo social, cultural, deportes y defensa de consumidores y usuarios, así como en otras materias que hacen a las competencias exclusivas y concurrentes de las Comunas.

- Subsidiariedad de la actuación del Gobierno Central en relación con las competencias de las Comunas. Es decir, que todo lo que puede ser resuelto en el ámbito comunal, no debe ser abordado por el Gobierno Central.

- Planeamiento concertado y coordinado entre el Gobierno Central y las Comunas, como diseño consensuado de políticas y coordinación de acciones.

- Gestión pública participativa.

El objetivo del presente Plan es avanzar hacia una real y efectiva descentralización en la gestión de los asuntos públicos a través de la creación de las Comunas, que están previstos en el artículo 4° de la Ley N° 1.777 donde se destaca:

- La ejecución descentralizada de los programas presupuestarios que tengan impacto local específico en materia de desarrollo social, cultural, deportes y defensa de consumidores y usuarios, así como en otras materias que hacen a las competencias exclusivas y concurrentes de las Comunas.
- Subsidiariedad de la actuación del Gobierno Central en relación con las competencias de las Comunas. Es decir, que todo lo que puede ser resuelto en el ámbito comunal, no debe ser abordado por el Gobierno Central.
- Planeamiento concertado y coordinado entre el Gobierno Central y las Comunas, como diseño consensuado de políticas y coordinación de acciones.
- Gestión pública participativa.

El objetivo del presente Plan es avanzar hacia una real y efectiva descentralización de muchas de las actividades físicas, deportivas y recreativas que se desarrollan, o deberían hacerlo, en el ámbito del sistema deportivo comunal, perfeccionando acuerdos de gestión con las autoridades locales.

Para ello se crea una Coordinación con Comunas a los efectos de hacer llegar, en un marco de democratización e igualdad de oportunidades los programas y proyectos de este Plan a todas las comunas por igual, respetando la idiosincrasia y características especiales de cada una de ellas.

Gestión comunal local

El objetivo de este Plan es que diferentes programas que hasta el momento eran conducidos desde la Dirección General sean gestionados desde el gobierno comunal, a través de un área deportiva específica, facilitando de esa manera los canales necesarios para efectivizar la participación, la comunicación y la inclusión que asegure un mayor impacto social y la eficacia de los mismos.

Política de Espacio Público

La preservación y cuidado del espacio público es, actualmente, uno de los principales ejes que estructuran las políticas públicas del Estado porteño en tanto agente responsable de la consolidación de una Ciudad inclusiva. En este sentido, se están realizando una serie de intervenciones en sectores urbanos degradados con el objetivo de ponerlos en valor y recuperarlos como patrimonio de todos los porteños.

Para que ello sea una realidad, además del esfuerzo de los poderes públicos, el presente Plan se propone:

- Jerarquizar el espacio público como un ámbito amplio y democrático, donde el ciudadano pueda realizar actividad física recreativa, en forma libre y gratuita.
- Profundizar el vínculo de los ciudadanos con los espacios públicos de su barrio.
- Conocer las inquietudes, necesidades y problemáticas de los vecinos respecto al espacio público del que forman parte.
- Consolidar un espacio de comunicación y trabajo conjunto entre el Ministerio de Espacio Público y la Dirección General de Deportes, a los efectos de la implementación de los programas y proyectos que este Plan propone.
- Promover la participación de la comunidad en general en el cuidado, puesta en valor y preservación de los espacios urbanos recuperados, motivados por la utilización efectiva de los mismos.

Asumimos el compromiso, como poder público comprometido, de promover para los niños, jóvenes y adultos experiencias educativas y recreativas en el espacio natural para aportar decididamente a la calidad de vida del ciudadano de Buenos Aires.

Nuevo Paradigma

Frente a un modelo de espacio público cerrado o alejado de la utilización del ciudadano por problemas de seguridad o, simplemente, por el abandono y deterioro de los mismos creemos fundamental transformar ese paradigma en aquella Visión que enunciamos en la página primera de este Plan: “ Un espacio abierto a la actividad física y práctica deportiva sin barreras, sin discriminación, sin diferencias de género ni de posibilidades.”

Para ello enfrentamos el desafío de diseñar y gestionar proyectos, tradicionales o innovadores que convoquen a los vecinos, de todas las franjas etarias, al espacio público con criterios de desarrollo personal y participación social y comunitaria.

CLUB DE BARRIO, el segundo hogar

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 6 de octubre de 2005 sanciona la Ley N° 1.807, de Fomento y Promoción de Clubes de Barrio. De esa manera estas organizaciones fundamentales de nuestra sociedad tuvieron el reconocimiento legislativo merecido por su relevante accionar. La mencionada norma en su artículo 4°, dispone que la autoridad de aplicación sea la Dirección General de Deportes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El presente Plan asistirá y coordinará acciones con aquellos Clubes de Barrio inscriptos en el Registro Único de Instituciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 32 de la Ley N° 1.624, debiendo contar con personería jurídica vigente.

Los clubes inscriptos en el mencionado registro son considerados Instituciones de Interés de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y podrán gozar de los siguientes beneficios

- Acceso prioritario a programas que se desarrollan en el presente Plan.
- Subsidios destinados a equipamiento, refacción y/o mantenimiento de la infraestructura deportiva o de las instalaciones complementarias, e insumos deportivos.
- Beneficios de carácter tributario que el Gobierno de la Ciudad pueda acordar a favor de las asociaciones civiles sin fines de lucro de carácter deportivo.
- Capacitación, asesoramiento y orientación gestión y en materia legal y contable en forma gratuita.
- Capacitación para la inserción calificada y protagónica de sus dirigentes en el sistema deportivo comunal.

Doble Jornada Deportiva

Una oportunidad significativa es la que abre lo dispuesto por los artículos 10 y 13, de la ley 1807 donde señalan que los Clubes de Barrio pueden facilitar sus instalaciones a escuelas públicas y, lo que es más significativo, solicitar la implementación en su sede de alguna de las prácticas deportivas integrantes del currículo escolar, con la asignación de los respectivos preparadores físicos y/o profesores de educación física y/o entrenadores, así como los recursos materiales mínimos indispensables para el desarrolla de la práctica deportiva. La Dirección General se propone coordinar con las autoridades educativas la posibilidad de creación de la “doble escolaridad” o jornada extendida deportiva, con el objetivo de desarrollar contenidos significativos para nuestros niños y jóvenes como los emanados de una adecuada didáctica del deporte. Ello, además de paliar la falta de instalaciones escolares para la práctica deportiva, brindará espacios adecuados, generalmente en horarios ociosos, de la infraestructura de los clubes, colaborando en buena medida, en el mantenimiento de las mismas.

Jardín en Movimiento

Jardín en Movimiento es un proyecto que tiene como objetivo facilitar el acceso a la educación de los niños desde la más tierna edad, la oportunidad de crecer y aprender jugando y lograr el pleno uso de las instalaciones de los clubes deportivos. La Dirección General está realizando acciones por ante el Ministerio de Educación para instalar Jardines de Infantes en los Clubes de Barrio que cuenten con instalaciones para ser adaptadas y refacciones a los efectos de prestar un servicio integral a nuestros más jóvenes ciudadanos.

CENTROS POLIDEPORTIVOS, hacia la inserción comunitaria.

Los Centros Polideportivos son instituciones tradicionales del sistema deportivo porteño. No siempre contaron con el apoyo para su adecuado mantenimiento pero siempre mantuvieron su vocación comunitaria a través del accionar de algunos abnegados funcionarios y del quehacer de los vecinos en las asociaciones cooperadoras.

La ley del deporte N° 1.624 en su capítulo IX, artículos 41 y ss. Regula el marco de funcionamiento de los centros, donde se destaca lo prescripto por el artículo 42, cuando dispone: “ Libre acceso y gratuidad.

Las instalaciones deportivas públicas deben permanecer abiertas al público y toda persona tiene derecho de acceso a las mismas, sin distinción de sexo, edad, raza, religión, nacionalidad o condición social.

En caso de corresponder el pago por el uso de las instalaciones, la autoridad de aplicación establecerá el valor de la tasa de utilización debiendo garantizar y asegurar el acceso gratuito a las personas con recursos insuficientes.”

Hoy es trascendente, y este Plan implementará proyectos en ese sentido:

- Insertar decididamente a los centros en el nuevo sistema deportivo que provocará la nueva organización política y operativa de la comuna.
- Optimizar y ampliar los servicios deportivos que se brindan en estas tradicionales instituciones, bregando por que los mismos sean espacios de inclusión y participación de los vecinos e instituciones del barrio.

Líderes Juveniles

Es fundamental formar y preparar a las nuevas generaciones para que puedan asumir el compromiso de ser protagonistas, de una u otra manera del sistema de participación comunal. Ante la crisis generalizada es fundamental que los jóvenes se formen el recreación de valores tales como son la solidaridad, la comunicación, la inclusión y la participación comunitaria. Los jóvenes encontrarán en los polideportivos un espacio donde a través de diferentes actividades, de jornadas en contacto con la naturaleza, liderando proyectos barriales se prepararán para construir un ejercicio democrático más directo y participativo.

Deporte Federado

La Subsecretaría de Deportes, cuenta con los medios económicos como de gestión para la atención del deporte federado. Y conjuntamente con la Secretaría de Deportes de la Nación y las Federaciones Deportivas Nacionales aseguran el marco de la aplicación del presente Plan para coordinar los esfuerzos, tanto nacionales como metropolitanos, a los efectos de proyectar a los deportistas a conseguir sus objetivos de alto nivel.

Centros de Desarrollo

El artículo 33, in fine, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires expresa claramente “...Sostiene centros deportivos de carácter gratuito y facilita la participación de sus deportistas, sean convencionales o con necesidades especiales, en competencias nacionales e internacionales”, considera al deporte de alto nivel de interés para el Estado, correspondiendo a la Dirección General de Deportes, en colaboración con las diferentes comunas, procurar los medios necesarios para la preparación técnica y el apoyo científico de los deportivas de proyección.
Para llevar a cabo este cometido, y analizando la realidad deportiva internacional, se hace necesaria la detección, selección y seguimiento de deportistas que integrarán las selecciones metropolitanas de las diferentes disciplinas deportivas.

Objetivos de los Centros
Atender la especialización técnica de los deportivas desde sus inicios, a temprana edad, y durante las diversas etapas de su perfeccionamiento deportivo, en los Centros de Desarrollo Deportivo de la Ciudad de Buenos Aires, hasta su consolidación como deportistas de alto nivel.

Ayudar a compatibilizar la práctica deportiva con la formación académica del deportista, con el claro objetivo de conseguir la formación integral de los jóvenes deportistas.

La detección de promesas deportivas

Condiciones

- Contar instalaciones y equipamientos deportivos adecuadas para el entrenamiento de deportistas de alto nivel, en todas aquellas modalidades en que el centro desarrolle Programas de Desarrollo.
- Disponer de una residencia para deportistas, que se ajuste a las necesidades de jóvenes que deben residir y estudiar en ellas, durante todo el año
- Contar con un Centro de Medicina Deportiva que realice los seguimientos adecuados para garantizar tanto la protección de la salud de los jóvenes, como que los mismos dispongan del apoyo científico necesario para el mayor progreso deportivo.
- Contar con unidades de apoyo docente que, en función del número de deportistas, brinden apoyo a la enseñanza en determinadas materias.
- Disponer de una dirección y una estructura que permita coordinar las áreas técnica, administrativa y económica de los programas que se desarrollen en el Centro.

Organismos e Instituciones participantes

La Subsecretaría de Deportes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conduce y apoya la actividad, contribuyendo a su creación y financiación. La Secretaría de Deportes de la Nación colabora en los gastos de gestión y en las infraestructuras y equipamientos de los Centros que desarrollan un programa de interés nacional junto a las Federaciones Nacionales y Federaciones Metropolitanas.

Destinatarios

- Promesas Deportistas en concentración permanente, internos.
- Promesas Deportistas externos (residentes en la ciudad de Buenos Aires).
- Promesas Deportistas en concentraciones periódicas que, en fines de semana o períodos vacacionales, seleccionados por sus Federaciones para llevar a cabo pruebas de detección de talentos o perfeccionamiento en grupo.
- Concentraciones de las Selecciones Metropolitanas de Menores.

CAPACITACIÓN

El presente Plan considera fundamental la capacitación de los recursos humanos que intervendrán en el mismo, como también de aquellos jóvenes profesionales que muestren preocupación y compromiso en su formación para desempeñarse en los programas deportivos organizados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A esos efectos se implementarán cursos y jornadas donde los temas serán cruzados transversalmente por los ejes fundamentales del presente plan: la gente de Buenos Aires, la participación comunitaria y el buen uso del espacio público. Desde esa perspectiva se abordarán los siguientes temas:

- Iniciación Deportiva
- Colonia de Vacaciones
- Actividades deportivas para población con necesidades especiales
- Actividades deportivas para niños y jóvenes en riesgo
- Acondicionamiento físico para adultos
- Acondicionamiento físico para adultos mayores
- Gestión de clubes de barrio
- Gestión deportiva comunal
- Animación deportiva comunitaria
- Organización de eventos masivos deportivos

LA MEMORIA Y LA INVESTIGACIÓN

La gestión y funcionamiento del CENTRO DE DOCUMENTACIÓN, INVESTIGACIÓN Y REFERENCIA HISTÓRICA tiene como objetivo apoyar y atender las necesidades de información de funcionarios y personal de la repartición, docentes y de la comunidad en general en materia del deporte, la educación física y la recreación.

A tales efectos se organiza y mantiene en adecuado estado de funcionamiento un archivo general de material bibliográfico escrito, filmado y digitalizado de temas referidos al deporte y la recreación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como asimismo de las diferentes leyes normativas publicadas o que se dicten en tal sentido.

Tenemos como objetivo de establecer relaciones con centros similares nacionales y extranjeros a los efectos de incrementar e intercambiar el material existente.

La referencia histórica señalada tiene como objetivo relevar, documentar antecedentes, estudiar y proponer la preservación del patrimonio cultural deportivo realizando acciones para el reconocimiento oficial de los mismos, su difusión, su preservación y la constitución de un Museo Deportivo Porteño.


Ver archivo 1

Dirección
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS


En el marco del presente Plan, y en cumplimiento del Artículo 7° de la ley del deporte la Dirección General tiene las siguientes funciones:

- Identificar las necesidades y requerimientos para la práctica del deporte y de las actividades físico recreativas, arbitrando los medios para su satisfacción.
- Proponer, formular y ejecutar políticas que orienten a l fomento y desarrollo del deporte y de las actividades físico recreativas poniendo especial atención en las personas con necesidades especiales, adultos mayores y sectores sociales de menores recursos económicos.
- Distribuir y fiscalizar el destino y utilización de los recursos económicos y financieros que se le asignen, ejerciendo un control operativo y de gestión permanente que asegure la calidad de las prestaciones.
- Establecer las relaciones de colaboración y coordinación necesarias entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y Municipales para determinar el uso y creación de áreas deportivas y recreativas públicas.
- Coordinar con los organismos públicos e instituciones privadas el desarrollo de actividades deportivas y de las prácticas físico recreativas
- Colaborar con las autoridades educativas a fin de promover la educación física y deportiva en todos los niveles escolares, velando para que los establecimientos educacionales posean y/o utilicen instalaciones deportivas adecuadas.
- Organizar y mantener actualizado el Registro Único de Instituciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que funcionará en forma coordinada con el organismo responsable en el ámbito nacional.
- Asistir a las instituciones inscriptas en el Registro Único de Instituciones Deportivas de la Ciudad de Buenos Aires en los aspectos técnicos y sociales vinculados a la práctica y desarrollo de la educación física y deportiva.
- Adoptar medidas que aseguren el control de la aptitud física para la práctica del deporte especialmente en edad escolar.
- Disponer el cubrimiento con seguro de responsabilidad civil de las actividades que se desarrollen en centros deportivos, en la organización de actividades deportivas y la prestación de servicios deportivos.
- Actualizar el Registro de Infraestructura e Instalaciones Deportivas y elaborar anualmente el censo de deportistas federados.
- Promover la realización de juegos, competencias deportivas y prácticas físico recreativas para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Alertar la detección de talentos deportivos gestionando el acceso y la evaluación en los centros de alto rendimiento
- Propiciar la creación de bibliotecas, hemerotecas, centros de investigación y museos deportivos.
- Promover la creación de espacios para la práctica deportiva y recreativa en los desarrollos urbanísticos a realizarse.

Dirección de Promoción Deportiva

Esta dirección participa en la conducción y colabora en forma efectiva en la disposición administrativa de los recursos necesarios para la ejecución del Plan.

Tendrá las siguientes funciones:
- Asistir al Director General en la gestión y control de los diferentes servicios deportivos que se brindan a la comunidad.
- Asistir al Director General en la elaboración del anteproyecto del Presupuesto anual de la repartición, efectuar el seguimiento de la ejecución del mismo, evaluar el cumplimiento de los programas y proyectos del Presente Plan.
- Intervenir en el cumplimiento de la ejecución económica de los subsidios que para las actividades deportivas reciben los clubes e instituciones barriales.
- Instrumentar un sistema de información estadística

Centro de Documentación, Investigación y Referencia Histórica (Ce.D.I.R.H)

Este Centro tiene como objetivo seguir recopilando datos e información y proveer a la Dirección General de los elementos necesarios para la difusión de la historia con el objeto de hacerlos conocer a los participantes del Plan de forma tal de crear un lazo cultural que le de sentido de pertenencia y los aferre al territorio.

Tendrá las siguientes funciones:
- Atender las necesidades de información de personal de la repartición, docentes y de la comunidad en general en materia del deporte, la educación física y la recreación.
- Constituir y mantener un archivo general de material bibliográfico escrito, filmado y digitalizado de temas referidos al deporte y la recreación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como asimismo de las diferentes leyes y normativas publicadas o que se dicten en tal sentido.
- Establecer relaciones con centros similares nacionales y extranjeros a los efectos de incrementar e intercambiar el material existente.
- Proponer la preservación del patrimonio cultural deportivo recopilando y documentando antecedentes, realizando acciones para constitución de un Museo Deportivo Porteño.

Capacitación
Tendrá las siguientes funciones:
- Realizar acciones en la gestión del conocimiento de los recursos humanos que intervienen en el presente Plan, como también de aquellos jóvenes profesionales que muestren preocupación y compromiso en su formación para desempeñarse en los programas deportivos organizados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Organizar congresos, cursos, seminarios, jornadas y generar publicaciones que contribuyan al conocimiento del deporte y su proyección social.

Gabinete de asesores
Estará integrado por personas con una real experiencia en la práctica y la gestión deportiva, cumpliendo las siguientes funciones:
- Asesorar y asistir al Director General en los temas que le sean sometidos a su consideración y tratamiento.
- Representar al Director General en diferentes eventos al que el mismo fuera invitado.

Coordinaciones
Para la puesta en marcha del presente Plan se estructuran las siguientes coordinaciones que tendrán bajo su responsabilidad la programación, la gestión y el control de los diferentes Programas y Proyectos.

Coordinación General
Tendrá las siguientes funciones:
- Secundar al Director Nacional en la gestión y en todas las acciones derivadas del presente plan.
- Asistir al Director General, como lo dispone el artículo 7, ley 1694, en el establecimiento de relaciones de colaboración y coordinación entre los organismos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y Municipales para determinar la asistencia recíproca, el uso y creación de áreas deportivas y recreativas públicas.
- Elevar las designaciones de personal para su desempeño en los diferentes programas y proyectos del presente plan

Coordinación General Adjunta
Tiene como función asistir al coordinador general en las tareas de planificación y seguimiento del plan.

Sub. Coordinador general
Estos puestos serán ocupados por personal de planta permanente de la Dirección General y deberán aportar toda la experiencia acumulada en la casa para la realización del Plan.

Coordinador de Iniciación Deportiva
Tendrá las siguientes funciones:
- Diseñar y Gestionar proyectos de escuelas de iniciación deportiva en los siguientes ámbitos: Espacio público, Clubes de Barrio, Parques Deportivos y Sectores más carenciados de la población.
- Direccionar los proyectos a la franja etaria comprendida entre los 5 y 18 años de edad, sin distinción de género, generando situaciones de inclusión y garantizando la integración de personas con necesidades especiales.
- Organizar la realización de juegos y competencias deportivas para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Coordinar las acciones y los entrenamientos de los Centros de Desarrollo Deportivos.

Proyectos a desarrollar
- Iniciación Deportiva
- Desarrollo Deportivo


Coordinador de Calidad de Vida

Tiene las siguientes funciones:
- Desarrollar y gestionar programas de actividad física sistemática y personalizada para vecinos de todas las edades, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
- Desarrollar y gestionar programas de actividad física espontáneas para vecinos de todas las edades, con el objetivo de iniciarlos en el hábito y el gusto por las mismas
- Establecer los acuerdos necesarios con los diferentes coordinadores a los efectos de una implementación eficaz de los programas y proyectos que se implementen en el espacio público.
- Bregar por la ejecución amplia, descentralizada e inclusiva del programa.
- Diseñar e implementar campañas para desarrollar hábitos de actividad física y combatir el sedentarismo en la población.

Proyectos a desarrollar
- Buenos Aires en Movimiento en el espacio público
- Buenos Aires en Movimiento en clubes de barrio
- Educación para la salud
- Campaña “Buenos Aires Camina”


Coordinador de Promoción y Fomento Deportivo

Tiene las siguientes funciones:
- Realizar las acciones de diagnóstico y relevamiento necesarios para la organización de las Colonias de Vacaciones.
- Gestionar las Colonias de Vacaciones que organice la Dirección General de Deportes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Elevar a la Dirección General los Informes Evaluativos de la Colonia y del personal que se desempeñó en las mismas.
- Implementar, estableciendo relaciones con las diferentes coordinaciones, medidas de equidad, redistribución y compensación de diferencias estructurales a favor de las zonas más desfavorecidas de la Ciudad.
- Jerarquizar la instalación de programas de iniciación deportiva en comedores comunitarios, hogares de día, iglesias y otras instituciones barriales de similares características.

Proyectos a desarrollar
- Colonia de Vacaciones de Verano
- Actividades deportivas y recreativas para personas con necesidades especiales
- Proyecto “Juanito Laguna”
- Actividades físicas y deportivas para niños y jóvenes con necesidades especiales
- Colonia de Vacaciones de Verano para personas con necesidades especiales
- Juegos Deportivos Evita
- Actividades físicas y deportivas para personas con necesidades especiales
- Intercambio y campamentos


Coordinador de Relaciones Institucionales


A los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo 7, esta coordinación tendrá como tarea asistir al Director General en:
- La identificación de las necesidades y requerimientos para la práctica del deporte y de las actividades físico recreativas de las diferentes comunas, arbitrando los medios para su satisfacción.
- Establecer las relaciones de colaboración y coordinación con las autoridades comunales, y de estas con la autoridad de aplicación.
- Establecer los acuerdos necesarios con los coordinadores a los efectos de una implementación eficaz de los diferentes programas y proyectos que se implementen en el sistema deportivo de las diferentes comunas.
- Asistir al Director a los efectos de cumplimentar lo establecido por Ley N° 1.807, de fomento y promoción de Clubes de Barrio.

Proyectos a desarrollar
- Relaciones comunales
- Clubes de Barrio

Coordinador de Parques Deportivos

Tendrá las siguientes funciones:
- Optimizar los servicios deportivos que se brindan, bregando por que los mismos brinden espacios de participación e inclusión a los vecinos e instituciones del barrio.
- Planificar, asesorar, controlar y elevar informes al Coordinador General, de las actividades físicas, deportivas y recreativas que se desarrollan en los Parques Deportivos, manteniendo una relación permanente y fluida con los regentes de los mismos.
- Establecer los acuerdos necesarios con los coordinadores a los efectos de una implementación eficaz de los diferentes programas y proyectos que se implementen en los parques deportivos.

Proyectos a desarrollar
- Inserción del Parque Deportivo en el sistema deportivo de la comuna
- Cuerpo de Líderes Deportivos



Dependientes de la Coordinación General:

Sub Coordinadores Pedagógicos Generales:


Braggio, Gladis
Ficha N° 295.541

Tundidor, Silvia
Ficha N° 311.881

Pedersoli, Adriana Liliana
Ficha N° 252.232

Supervisores Pedagógicos Docentes:

Volpi, Roberto Oscar
Ficha N° 312.251

Juárez, Hugo
Ficha N°: 315.707

Gómez, Raúl
Ficha N° 267.479

Raffello, Jorge
Ficha N° 195.619

Ballesteros, Julio
Ficha N° 191.274

Rodríguez, Roberto
Ficha N° 314.412

Cascudo, Carlos María
Ficha N° 390.345

Falcón, Liliana Mónica
Ficha N° 344.861

Zubeldía, Marta
Ficha N° 311. 861

Medina, Silvia
Ficha N° 312.119

Riganti, Eduardo
Ficha N° 194.657

Scheinson, Rubén Osvaldo
Ficha N° 304.863

Spotorno, Adriana
Ficha N° 312.104

Arcun, Carlos
Ficha N° 312.467

Redondo, Gustavo
Ficha N° 315.432

Fontanella, Mario
Ficha N° 314.308

Gonzalo, Leandro
Ficha N° 303.050

Santagostino, Lucila Alicia
Ficha N° 293.382

Neumark, Elena
Ficha N° 210.102

Torres, Gustavo
Ficha N° 312.620

Córdoba, José
Ficha N° 196.044

Regentes Parque Sarmiento

Scofu, Cecilia
Ficha N° 312.011

Breetz, Roberto
Ficha N° 311.651

Salas, Marcelo
Ficha N° 314.168

Regente Parque Belgrano:

Quintela, Claudio
Ficha N° 311.774

Regentes Parque Avellaneda:

Casero, Marcelo
Ficha N° 312.113

Raffin, Elizabeth
Ficha N° 314.021

Regentes Parque Chabuco:

Santalices, Marta Graciela
Ficha N° 266976

Jaunzaraz, María
Ficha N° 314.183

Mason, Jorge
Ficha N° 233.329

Regente Parque Santojani:
Arce, Ana María
Ficha N° 218.068

Regente Parque Dorrego:
Zerbo, Eduardo
Ficha N° 311.799

Regentes Parque Pomar:

Berruti, Graciela
Ficha N° 311.719

Noval, Ana Claudia
Ficha N° 387.384

Regente Parque Onega:

Greco, Oscar
Ficha N° 312.367

Regente Parque Costa Rica:

Báez, Daniel
Ficha N° 314.274

Regentes Parque Colegiales:

Fabricatore, Claudia
Ficha N° 291.923

Baamonte, María
Ficha N° 218.271

Regentes Parque Martín Fierro:

Díaz, Gonzalo
Ficha N° 317.615

Figueroa, Roberto
Ficha N° 326.638

Regentes Parque Patricios:

Zarco, Stella Maris
Ficha N° 320.047

Otero, Sergio
Ficha N° 302.953

Regente Parque Pereyra:

Sinnot, Eduardo
Ficha N° 311.867

Regente Parque Don Pepe:

Inturias, Cynthia
Ficha N° 317.886

Regente de Cursos:

Moñita, Pablo
Ficha N° 194.760

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 1-DGPAD-07 crea el Plan Único de Deportes para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo un plan acorde a los principios y al espíritu de la Ley 1624, reglamentada por Decreto 1416-07.</p>
MODIFICA
Art. 6 de la Disp. 1-DGPAD-07 Deja sin efecto el Organigrama Funcional de la Disposición N° 123-DGD-05, Anexos IV y V
MODIFICADA POR
Disp.5-DGPAD-07 deja sin efecto los cargos del Anexo II de la Disp. N° 1-DGPAD-07 donde se designaba a las agentes Braggio Gladys , Tundidor Silvia y Pedersoli Adriana como sub coordinadoras pedagógicas generales y desígnase a las nombradas como supervisoras pedagógicas docentes.