RESOLUCIÓN 550 2007 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
INCREMENTA LOS MONTOS DEL ANTICIPO ADICIONAL POR REENCASILLAMIENTO -CONCEPTO 114- INSTITUIDO POR EL DECRETO 468-04 - ANTIGUEDAD - ADICIONALES - AGENTES
Publicación:
23/03/2007
Sanción:
23/02/2007
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Visto el Decreto N° 465/04 (B.O.C.B.A. N° 1912), reglamentario del Título II (arts. 68 a 98) de la Ley N° 471, la Resolución N° 1.106-MHGC/06 (B.O.C.B.A. N° 2503), el Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central N° 35/06 y la Nota N° 487-DGTALMHC/07, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Acta de Negociación Colectiva enunciada precedentemente, celebrada en el marco de la Comisión Paritaria Central se acordó aumentar a partir del 1° de enero de 2007, los montos del adicional remunerativo establecido por el Decreto N° 468/04 (B.O.C.B.A. N° 1914) modificado por Decreto N° 585/05 (B.O.C.B.A. N° 2187) y la Resolución N° 1.106-MHGC/06, en un once por ciento (11%), completando, de esta manera, el porcentaje total acordado en la cláusula tercera del Acta Paritaria N° 18/06 del 14 de julio de 2006;
Que el gasto que demanda el cumplimiento del acuerdo alcanzado, ha sido avalado por el correspondiente informe técnico emitido por la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto;
Por ello, conforme las facultades conferidas por la reglamentación del artículo 80 de la Ley N° 471,
ANEXOS
Artículo 1° - Increméntase con efecto retroactivo al 1° de enero de 2007 los montos del "Anticipo Adicional por Reencasillamiento" -concepto 114-, instituido por el Decreto N° 468/04 modificado por Decreto N° 585/05 y la Resolución N° 1.106-MHGC/06 en los valores que seguidamente se detallan:
Antigüedad general computada al 30/6/04 | Importe mensual del concepto |
1 a 5 años | $ 70,18 (pesos setenta con 18/100) |
6 a 10 años | $ 145,08 (pesos ciento cuarenta y cinco con 8/100) |
11 a 15 años | $ 172,79 (pesos ciento setenta y dos con 79/100) |
16 a 20 años | $ 211,02 (pesos doscientos once con 2/100) |
21 a 25 años | $ 225,06 (pesos doscientos veinticinco con 6/100) |
26 a 30 años | $ 299,60 (pesos doscientos noventa y nueve con 60/100) |
31 o más años | $ 314,24 (pesos trescientos catorce con 24/100) |
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.