RESOLUCIÓN 82 2007 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA EL ARTÍCULO 4° DEL REGLAMENTO PARA CONCURSOS DE PROMOCIÓN E INGRESO DEL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL- CARRERA JUDICIAL - SELECCIÓN DEL PERSONAL - DESIGNACIONES - ASPIRANTES - SELECCIÓN DE JUECES - JUEZAS - INTEGRANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO

Publicación:

28/03/2007

Sanción:

13/03/2007

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto el registro de aspirantes normado por la Resolución CM N° 34/05, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso a) del artículo 4° de la resolución citada dispone que para integrar el registro es necesario ser argentino;

Que en la sentencia recaída en los autos: Gottschau, Evelyn Patrizzia c/Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/amparo Expediente N° G 841/00, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso interpuesto por la Dra. Gottschau declarando la insconstitucionalidad de la norma local que impone el requisito de nacionalidad argentina para concursar al cargo de secretario de primera instancia en los Juzgado de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los efectos de dicha sentencia y su relevancia no pueden pasar inadvertidas para este órgano administrativo del Poder Judicial de la C.A.B.A.;

Que la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público estima en consecuencia mediante Dictamen N° 47 que, por los motivos expuestos, correspondería modificar el artículo 4° del reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Resolución CM N° 34/05, por el texto del siguiente tenor: Art. 4°. Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años ...;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifíquese el artículo 4° del reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Resolución CM N° 34/05, por el texto del siguiente tenor: Art. 4°: Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años....

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público y, oportunamente, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 82-CMBA-07-Modifica art 4°, Reglamento para Concursos de Promoción e Ingreso del personal del Poder Judicial, aprobado por Res 34-CMBA-05-Registro de Aspirantes - Requisito - edad para ingresar