RESOLUCIÓN 513 2007 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE DISPONE LA EJECUCIÓN DE UNA SEGUNDA INSTANCIA DE EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS DE ESTABLECIMIENTOS DEL ÁREA DE EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA Y DEL NIVEL MEDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA

Publicación:

10/04/2007

Sanción:

05/03/2007

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 1.984-MEGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que las citadas actuaciones han sido iniciadas con motivo de la presentación de una solicitud de aprobación, para alumnos del nivel medio de establecimientos de gestión pública y privada, con asignaturas pendientes libres y por equivalencias, de una segunda instancia de evaluación;

Que la inquietud reseñada se originó al producirse la modificación de fechas introducida por la Resolución N° 4.362-MEGC/06, aprobatoria de la Agenda Educativa 2007;

Que la citada resolución dispuso el adelantamiento del período de evaluación, inicialmente fijado para el 8 y 9 de marzo, para los días 14 y 15 de febrero;

Que la modificación indicada fue comunicada a los establecimientos cuando se encontraba muy avanzado el año escolar y, por lo tanto, resultó imposible informarla a los alumnos con una prudente antelación;

Que se observó un alto porcentaje de ausentismo en los exámenes previstos para el 14 y 15 de febrero, fácilmente atribuible al adelantamiento señalado, como asimismo numerosos reclamos de responsables de alumnos cuestionando tal medida;

Que corresponde observar que lo solicitado se compadece con una de las prioridades de las políticas del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como lo es la de propender al incremento de la inserción y retención de alumnos en el sistema educativo;

Que la Subsecretaría de Educación ha explicitado su aval con relación a la medida propiciada en estos actuados;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Dispónese la implementación y ejecución de una segunda instancia de evaluación ante comisión evaluadora, fijándose los días 7 y 8 de marzo de 2007 para su realización, destinada a los alumnos de establecimientos educativos del Área de Educación Media y Técnica y del Nivel Medio de Educación Superior y de Educación de Gestión Privada que tengan asignaturas, libres y por equivalencias, pendientes de aprobación.

Artículo 2° - Aclárase que no se encuentran comprendidos en lo dispuesto en el artículo anterior los alumnos que deben completar estudios de nivel medio -segunda instancia-, los que serán evaluados entre el 26 y el 28 de marzo de 2007, de conformidad con lo previsto en la Agenda Educativa 2007.

Artículo 3° - Encomiéndase a las Direcciones Generales de Educación, de Educación Superior y de Educación de Gestión Privada la implementación de la segunda instancia de evaluación dispuesta en el art. 1° y la atención de todos los aspectos y situaciones que guarden relación con la misma.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las Direcciones Generales de Educación -Dirección del Área de Educación Media y Técnica-, de Educación Superior, de Educación de Gestión Privada, de Coordinación Financiera y Contable y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 513-ME-07 Dispónese la implementación y ejecución de una segunda instancia de evaluación, modificando la Res .4362-ME-06
MODIFICADA POR
Res. 945-07 rectifica el Art. 1° de la Res. 513-07 - Rectifica la frase: "Segunda instancia de Evaluación"