LEY 523 2000

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLE - AV RIVADAVIA 3202-04-06-08 - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - LEY 449

Publicación:

12/01/2001

Sanción:

09/11/2000

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

29/12/2000


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos del Artículo 10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble ubicado en la Avenida Rivadavia 3202/04/06/08 esquina 24 de Noviembre, asentado en la Circunscripción 9, Sección 28, Manzana 34, Parcela 1c.

Artículo 2° - Incorpórase el inmueble catalogado por el artículo 1° al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano. La incorporación al Catálogo, no dará lugar a la transferencia de la capacidad constructiva de la parcela, contemplada en el artículo 10.1.6 del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3° - La Ficha de Catalogación N° 28-34-1c de fecha 11/98 constituye el Anexo I que a todos sus efectos forma parte de la presente Ley.

Artículo 4° - Comuníquese, etc.Enríquez - Alemany


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 523, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, aprobado por Ley 449.</p>
PROMULGADA POR