RESOLUCIÓN 257 2007 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

TRANSFIERE EL PROGRAMA PROMOTORES AMBIENTALES AL ÁMBITO DE COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Publicación:

25/04/2007

Sanción:

20/03/2007

Organismo:

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE


Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.925, el Decreto N° 328/06, el Decreto N° 350/06, la Resolución N° 85-SSHU/06, la Resolución N° 73-MMAGC/06, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los objetivos fijados por la Ley N° 1.925, por la cual se creó, entre otros, al Ministerio de Medio Ambiente, éste debe aplicar las políticas de planeamiento, gestión y evaluación del ambiente urbano, en correspondencia con las establecidas en el ámbito nacional y área metropolitana, regulando y controlando los servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación y disposición de los residuos;

Que, por el Decreto N° 350/06 se aprobó la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijándose los objetivos y responsabilidades primarias de las distintas áreas dependientes de este Ministerio de Medio Ambiente;

Que, con el fin de dar cumplimiento a los preceptos legales y abordar de forma integral la cuestión de los residuos sólidos urbanos, procurando no sólo la mejora de la higiene urbana, sino también el aprovechamiento de los recursos naturales, la implementación de prácticas de recuperación y reciclaje que conlleven a la disminución del entierro indiscriminado de materiales en los rellenos sanitarios y el reordenamiento y la valorización de la labor del recuperador urbano promoviendo la generación de empleo genuino, devino relevante desarrollar una planificación político - estratégica orientada a la obtención de resultados concretos, mediante una fuerte presencia en las calles de la ciudad;

Que, de acuerdo con las consideraciones expuestas, mediante la Resolución N° 85-SSHU/06, se creó el Programa Promotores Ambientales en el ámbito de la Subsecretaría de Higiene Urbana, con el objeto de promover la toma de conciencia por parte de la ciudadanía en su conjunto respecto de la relevancia que reviste la cuestión de los residuos sólidos urbanos como problemática ambiental, propiciando así la incorporación de hábitos de separación en origen y de disposición inicial selectiva que conlleven a incrementar los volúmenes de reutilización y reciclado de los materiales;

Que, a fin de alcanzar la consecución de los objetivos del programa, se conformó un Cuerpo de Promotores Ambientales a fin de lograr la inserción institucional del emprendimiento en el marco del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promoviendo a su vez la generación de vínculos con la comunidad;

Que, dicho cuerpo tiene amplias competencias, toda vez que la problemática ambiental excede la cuestión de la higiene urbana, entre las cuales se puede destacar a mero título enunciativo los efectos de la contaminación ambiental producidos por las distintas industrias, la problemática del agua, el ruido y el aire;

Que, a efectos de cumplir con las políticas planteadas, por Resolución N° 73-MMAGC/07 se transfirió, entre otros, el Programa de Promotores Ambientales y el cuerpo creado en su consecuencia, desde el ámbito de la referida Subsecretaría de Higiene Urbana a la órbita de este Ministerio de Medio Ambiente;

Que, la Dirección General de Gestión Ambiental tiene como unidad de gestión de la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental, entre sus objetivos los de llevar adelante un programa de difusión masiva de las políticas y prácticas medio ambientales, así como los beneficios de las mismas para las generaciones futuras;

Que, asimismo, desarrolla en el ámbito de este Ministerio de Medio Ambiente juntamente con la Unidad de Formación e Información Ambiental, los programas de difusión masiva y educación ambiental;

Que, a fin de lograr una mayor eficiencia y celeridad en la gestión administrativa del citado cuerpo, se torna necesario transferir el Programa de Promotores Ambientales y el cuerpo creado en su consecuencia, desde el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente a la órbita de la Dirección General de Gestión Ambiental;

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.925,

EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese la transferencia del Programa de Promotores Ambientales, con su patrimonio y personal, de la órbita de este Ministerio de Medio Ambiente, al ámbito de competencia de la Dirección General de Gestión Ambiental.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental y a la Dirección General de Gestión Ambiental. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res.257-MMAGC-07 transfiere el Programa Promotores Ambientales creado por Res. 85-SSHU-06 a la órbita del Ministerio de la Dirección General de Gestión Ambiental.