DISPOSICIÓN 877 2007 DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Síntesis:

APRUEBA EL PLAN DE MONITOREO DE ALIMENTOS 2007 - ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS, ETAS - DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA ALIMENTARIA

Publicación:

30/04/2007

Sanción:

12/04/2007

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA


Visto los informes de investigación llevados a cabo por el Departamento de Epidemiología Alimentaria dependiente de esta Dirección General, respecto de las enfermedades transmitidas por alimentos (en adelante ETAs) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que la ETAs siguen siendo una de las mas importantes causas de mortalidad en la población;

Que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Departamento de Epidemiología Alimentaria dependiente de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, trabaja recibiendo denuncias de la población sobre intoxicaciones - enfermedades de origen alimentario por consumo de alimentos contaminados y/o tóxicos, como así también relevando y monitoreando los servicios de comida públicos y privados que abastecen a gran parte de la población;

Que debido a la variedad en cuanto al número de agentes patógenos relacionados al consumo de alimentos, es de vital importancia la vigilancia epidemiológica constantes sobre las posibles fuentes de enfermedad;

Que en tal contexto y en el marco de las investigaciones realizadas fue necesario mantener un Plan de Monitoreo sobre los alimentos que se consumen en esta ciudad, enfocando el análisis y búsqueda sobre aquellos que representan un potencial riesgo de enfermedad;

Que a tal efecto en el diseño de dicho plan, se ha tenido en cuenta la experiencia recogida en la ejecución de planes anteriores así como la actualización de la información disponible en materia de ETAs, tanto nacional como internacional;

Que corresponde, por lo expuesto, aprobar el plan confeccionado para el año 2007;

Que uno de los objetivos de esta Dirección General es el de evaluar el estado microbiológico y/o fisicoquímico de los alimentos y/o productos alimenticios, con el fin de ampliar el control bromatológico;

Por ello, y haciendo uso de las facultades legales atribuidas,

LA DIRECTORA GENERAL

DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase el plan de monitoreo de alimentos 2007 que obra como Anexo I de la presente disposición.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos al Departamento Laboratorio de Investigación y Monitoreo, al Departamento de Epidemiología Alimentaria y al Departamento Fiscalización e Inscripciones dependiente de la Dirección Protección de Alimentos de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dispo 877-DGHYSA-07-Aprueba el Plan de Monitoreo de Alimentos 2007-Establece la realización periódica de tomas de muestras de productos alimenticios y-o sus materias primas en distintos locales elaboradores, fraccionadores y expendedores de alimentos para su control higiénico-sanitario, conforme Art 14, Anexo II, Ley 18284-69, Código Alimentario Argentino