LEY NACIONAL 18284 1971

Síntesis:

CÓDIGO ALIMENTARIO ARGENTINO

Publicación:

20/09/1971

Sanción:

30/06/1971

Organismo:

PODER LEGISLATIVO NACIONAL


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 6318 denomina Panadero y Panadería Artesanal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a aquellas personas y establecimientos que, en uso de las autorizaciones concedidas, o a conceder por los organismos oficiales competentes dedican su actividad a la venta de pan elaborado artesanalmente, y definido como pan artesanal según el Código Alimentario Nacional (Ley 18284).</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 10 del Decreto 615-12 establece que la identificación de productos alimentarios libres de gluten que se elaboren y-o comercialicen en el ámbito de la CABA se deberán adecuar en un todo a lo que dispone el Código Alimentario Argentino, adoptando la leyenda y símbolo obligatorio que prevé el artículo 1383 bis del mismo cuerpo normativo.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 299 establece que las bolsas de material plástico destinadas a entrar en contacto con los productos alimenticios deberán cumplir con las exigencias establecidas en el Código Alimentario aprobado por Ley 18284 y normas dictadas en consonancia con este cuerpo legal.</p>
INTEGRADA POR
Art 122 del Anexo I de la Res 939-AGIP-13 establece que a los fines de la consideración del precio unitario de venta o de compra -según corresponda- de cosas muebles, nodeberá considerarse parámetro en el caso deoperaciones sobre los alimentos, entendiendo por tales a los definidos según los términos del apartado 2) delart 6 de la Ley 18.284
REFERENCIA
Aprueba el Código alimentario Nacional
COMPLEMENTADA POR
Res. 66-AGC-12 faculta a comercios habilitados en rubro elaboración productos de panadería con venta directa al público cumplir requisitos en el nmarco de la Ley Nacional 18284-PLN-71
REFERENCIADA POR
INTEGRADA POR
Disp. 826-06 establece requisitos para inscripción de establecimientos de productos alimenticios y crea Registros inherentes a la ley 18.284 -C.Alimentario Nacional.
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
El art. 5° hace referencia al art. 9° inc. a) de la Ley Nacional 18284
INTEGRADA POR
Dispo 877-DGHYSA-07-Aprueba el Plan de Monitoreo de Alimentos 2007-Establece la realización periódica de tomas de muestras de productos alimenticios y-o sus materias primas en distintos locales elaboradores, fraccionadores y expendedores de alimentos para su control higiénico-sanitario, conforme Art 14, Anexo II, Ley 18284-69, Código Alimentario Argentino
REGLAMENTADA POR
Dto. 179-00 aprueba Reglamento de Inspección de Productos Alimenticios en el marco de la Ley Nac. 18.284 -Código Alim. Argentino
REGLAMENTADA POR
Dto. 782-01 establece obligatoriedad de capacitación de personal que manipule alimentos.