RESOLUCIÓN 39955 1984
Síntesis:
ADOPTA MEDIDAS REFERENTES A LA RESTRICCIÓN DEL HÁBITO DE FUMAR EN LUGARES PÚBLICOS - FUMADORES - CONTROL DE TABAQUISMO - TABACO - CIGARRILLOS.
Publicación:
16/10/1984
Sanción:
20/09/1984
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
08/10/1984
Artículo 1° - El Departamento Ejecutivo tomará las medidas pertinentes para hacer cumplir las disposiciones de las ordenanzas que se emuneran a continuación referidas a la restricción del hábito de fumar en lugares públicos:
A. Ordenanza N° 22.900. AD 810.8 B.M. N° 13.144, Art. 1°.
B. Ordenanza N° 26.085. AD 810.9 B.M. N° 14.159.
C. Ordenanza N° 4-10-910. AD 791.3 CD 744, Art. 426.
D. Ordenanza N° 33.266, B.M. N° 15.419. AD 816.1 Cap. 8.1 AD 813.1 - Cap. 8.3 AD 740.1, AD 711.1-3 5.1.1.3 (Art.).
E. Ordenanza N° 25.060, B.M. N° 13.826. AD 764.1 Art. 18.
F. Ordenanza N° 9-12-910. AD 761.1 CD 773.2 Art. 91.
G. Ordenanza N° 21.356, B.M. 12.906. AD 794.3 Art. 12.
H. Código ALimentario Argentino. Anexo I. Art. 18. Punto 2. Tomo VI-1 pág. 20 AD 730.4/35 - AD 730.4.
Art. 2° - Deberá implementar los medios necesarios tales como comunicados orales y escritos, colocando a la vista de los usuarios los textos de las normas que se señalan en el artículo primero.
Art. 3° - Comuníquese, etcétera.