RESOLUCIÓN 251 2007 SUBSECRETARIA DE MANTENIMIENTO URBANO
Síntesis:
PRORROGA EL CONTRATO VIGENTE POR EL SERVICIO DE CORTE DE CÉSPED, LIMPIEZA DE ESPACIOS VERDES Y DEMÁS SERVICIOS CONEXOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
17/05/2007
Sanción:
30/04/2007
Organismo:
SUBSECRETARIA DE MANTENIMIENTO URBANO
Visto el Expediente N° 6.083/04 por el que tramita la Licitación Pública N° 3/04 correspondiente al "Servicio de Corte de Césped, Limpieza de Espacios Verdes y demás servicios conexos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", el Decreto N° 1.150/04 por el cual se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y especificaciones técnicas de dicho servicio; y la Nota N° 1.258-DGEV/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el visto, tramita la Licitación Pública N° 3/04 correspondiente a la contratación del "Servicio de Corte de Césped, Limpieza de Espacios Verdes y demás servicios conexos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que por Decreto N° 1.150/04 se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas para la contratación de dicho servicio y se delegó en el Subsecretario de Medio Ambiente la emisión de todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y la adjudicación del servicio (art. 4°);
Que por Resoluciones Nros. 244-SSMA/05, 245-SSMA/05, 246-SSMA/05, 247-SSMA/05 y 248-SSMA/05 la Subsecretaría de Medio Ambiente en el marco de la competencia asignada, adjudicó por el plazo de dos (2) años la prestación del "Servicio de Corte de Césped, Limpieza de Espacios Verdes y demás servicios conexos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", a las firmas Taym S.A.; Mantelectric I.C.I.S.A.; Ecología Urbana S.R.L.; Urbaser Argentina S.A., Seob S.A. y Transportes Olivos S.A.C.I.F. UTE; Salvatori S.A. Parques y Jardines, contratistas de las Zonas 1, 2, 3, 4 y 6 respectivamente;
Que el pliego de bases y condiciones que rige la licitación establece en su artículo 6° que "El plazo de duración del contrato será de dos (2) años. Dicho período comenzará a contarse desde el día de iniciación de la prestación de los servicios conforme lo establecido en el art. 42 del presente pliego";
Que conforme surge de la documentación contractual, por Notas Nros. 1.004-DGEV/05, 1.005-DGEV/05; 1.006-DGEV/05, 1.007-DGEV/05 y 1.008-DGEV/05, se dio orden de inicio con fecha 2 de mayo de 2005 a todas las zonas, en los términos de lo previsto por el artículo 42 del pliego de bases y condiciones ;
Que por Nota N° 1.258-DGEV/06, la cual se encuentra incorporada a estas actuaciones, la Dirección General de Espacios Verdes solicita a la superioridad en el marco de la licitación actualmente vigente, la prórroga del contrato en atención al próximo vencimiento contractual;
Que dicha posibilidad se encuentra expresamente prevista en el artículo 7° de la documentación licitatoria que establece "El G.C.B.A. se reserva el derecho de prorrogar el contrato, bajo idénticas condiciones a las adjudicadas, respetándose los valores contractuales, por un período de hasta un (1) año...";
Que en tal inteligencia y toda vez que las prestaciones previstas en el contrato, resultan necesarias a los efectos de mantener adecuadamente las condiciones de higiene en los espacios verdes de la ciudad, resulta necesario prorrogar el contrato por el término previsto contractualmente;
Que la prórroga que por este acto se instrumenta permitirá continuar la prestación del servicio permitiendo de este modo la mejor utilización de los espacios verdes por los vecinos de la ciudad;
Que por último corresponde señalar que el Ministerio de Espacio Público a través de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano resulta competente para entender en las presentes actuaciones conforme lo dispuesto por la nueva estructura orgánico funcional de la Ciudad, aprobada por Decreto N° 350/06;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 350/06
Artículo 1° - Prorrógase por el término de un (1) año el contrato correspondiente al "Servicio de Corte de Césped, Limpieza de Espacios Verdes y demás servicios conexos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", en los términos de lo previsto por el artículo 7° del pliego de bases y condiciones aprobado por Decreto N° 1.150/04.
Artículo 2° - Dispónese que el gasto que demande la aplicación del artículo primero, será imputado al presupuesto del año en curso.
Artículo 3° - Notifíquese por cédula a las firmas Taym S.A.; Mantelectric I.C.I.S.A.; Ecología Urbana S.R.L.; Urbaser Argentina S.A., Seob S.A. y Transportes Olivos S.A.C.I.F. UTE y Salvatori S.A. Parques y Jardines contratistas de las Zonas 1, 2, 3, 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respectivamente.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y remítase a la Dirección General de Espacios Verdes para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese.