DECRETO 1150 2004
Síntesis:
SERVICIO DE CORTE DE CÉSPED, LIMPIEZA DE ESPACIOS VERDES Y SERVICIOS CONEXOS - AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL DE ESPACIOS VERDES - CONTRATACIÓN DE SERVICIOS - PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES ESPECIALES
Publicación:
05/07/2004
Sanción:
30/06/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 6.083/04, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 y sus Decretos modificatorios, vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires en base a lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539) y su Decreto reglamentario N° 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. N° 704), y el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por el Decreto N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y el Decreto N° 351/GCBA/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación la Dirección General de Espacios Verdes tramita la Contratación de un Servicio de Corte de Césped, Limpieza de Espacios Verdes y Demás Servicios Conexos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, dada la naturaleza del Servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;
Que, el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios, prevé las circunstancias mencionadas en el considerando precedente;
Que, por Decreto N° 386/75, modificado por el Decreto N° 4.968/76 y el Decreto N° 351/GCBA/01, se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;
Que, la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;
Que, en el Proyecto de Presupuesto para el año 2004, se ha incluido la previsión crediticia respectiva, habiéndose tomado nota de los importes a invertir en los ejercicios 2005 y 2006;
Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha emitido su opinión en los presentes actuados;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, y las facultades legales que le son propias, Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que como Anexo forma parte del presente Decreto, para contratar un Servicio de Corte de Césped, Limpieza de Espacios Verdes y demás Servicios Conexos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto total aproximado de pesos veinticuatro millones ($ 24.000.000), durante un período de dos (2) años.
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Coordinación Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el artículo 55 del Decreto Ley N° 23.354/56, sobre la documentación aprobada en el Art. 1°.
Artículo 3° - Establécese el Valor del Pliego de la presente Licitación en $ 5.000 (pesos cinco mil).
Artículo 4° - Facúltase al señor Subsecretario de Medio Ambiente a emitir circulares aclaratorias al Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y a las Especificaciones Técnicas contenidas en la documentación aprobada en el Art. 1° del presente Decreto, como asimismo a designar a los miembros que integrarán la Comisión de Preadjudicaciones, emitir todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que se propicia.
Artículo 5° - El gasto de que se trata se afectará a las respectivas partidas presupuestarias del ejercicio en vigor y venideros.
Artículo 6° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 7° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, donde se deberán publicar en forma completa los Pliegos que rigen la presente licitación y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. Cumplido, archívese.