RESOLUCIÓN 2875 2007 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DESAFECTA LOS ALCANCES DEL DECRETO N° 2166-06 - PROGRAMA ESCUELAS CON INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO - AD REFERÉNDUM DEL JEFE DE GOBIERNO A LAS ESCUELAS N° 18 DEL DE 5 Y N° 18 DEL DE 20 - EXCLÚYANSE A LOS ESTABLECIMIENTOS MENCIONADOS DE LOS ALCANCES DE LA RESOLUCIÓN N° 1.942-SED-05
Publicación:
29/08/2007
Sanción:
18/07/2007
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 1.730-MEGC/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se ha dado trámite a la propuesta de desafectación del programa Escuelas con Intensificación en un Campo del Conocimiento de las Escuelas N° 18 del Distrito Escolar 5 y N° 18 del Distrito Escolar 20;
Que por Decreto N° 2.166/06, haciendo aplicación del marco de la Resolución N° 3.021-SED/04, se aprobó la inclusión en el programa, entre otros, de los establecimientos en cuestión, por lo que en ellos se desarrollaron sus acciones durante los ciclos lectivos de los años 2005 y 2006;
Que, a los fines de concretar las acciones del citado programa, debieron implementarse medidas como la reducción del horario del comedor escolar y la ampliación en siete (7) horas de cátedra semanales de la carga horaria, previa aceptación voluntaria y expresa de los docentes involucrados;
Que las citadas medidas fueron dispuestas por la Resolución N° 1.942-SED/05 y por el Decreto N° 2.166/06, el cual aprobó las acciones cumplidas en el marco de la Resolución N° 3.021-SED/04, respectivamente;
Que, a partir de la experiencia obtenida durante los ciclos lectivos de 2005 y 2006 en los aludidos establecimientos se detectaron y confirmaron determinados inconvenientes en aspectos tales como dificultades para compatibilizar los contenidos del programa con el Proyecto Institucional Pedagógico y también en lo referente a la organización institucional;
Que los espacios de los respectivos comedores escolares son insuficientes para contener la cantidad de alumnos que, ante la reducción del tiempo para el almuerzo, debieron optar por dejar de concurrir a sus hogares con este fin;
Que, asimismo, en el caso de los alumnos que continuaron retirándose a sus casas para almorzar, el tiempo disponible para hacerlo no resultaba suficiente;
Que los docentes encontraron dificultades para armonizar y compatibilizar los contenidos del Programa de Actividades Científicas con el Proyecto Pedagógico;
Que los cambios de distribución horaria determinaron inconvenientes para la organización institucional;
Que las instancias intervinientes, la Dirección del Área de Educación Primaria y la Dirección General de Educación acuerdan con la medida propuesta;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que le compete;
Por ello,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
Artículo 1° - Desaféctense de los alcances del Decreto N° 2.166/06, ad referéndum de la aprobación por el señor Jefe de Gobierno, a las Escuelas N° 18 del Distrito Escolar 5 y N° 18 del Distrito Escolar 20.
Artículo 2° - Exclúyanse a los establecimientos mencionados en el art. 1° del presente de los alcances de la Resolución N° 1.942-SED/05 y de toda otra normativa vigente relacionada con el Programa de Escuelas con Intensificación en un Campo del Conocimiento.
Artículo 3° - Dese al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y a las Direcciones Generales de Educación, de Planeamiento, de Coordinación Financiera y Contable, de Coordinación Legal e Institucional, y a la Coordinación de Juntas de Clasificación Docente y Disciplina.