RESOLUCIÓN 58 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

INVIERTE  EL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN EN UN TRAMO DE LA CALLE BARRAGÁN -  RESTITUYE DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO A UN TRAMO DE LA AVENIDA RESERVISTAS ARGENTINOS ENTRE MADERO Y GALLARDO - MANO ÚNICA - ARTERIAS - DOBLE MANO - CALLES

Publicación:

26/02/2001

Sanción:

15/02/2001

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Expediente N° 57.168/2000, relacionado con los inconvenientes que se originan como consecuencia de la inauguración de las nuevas rampas de egreso y acceso de la autopista Perito Moreno (AU6) en correspondencia con la calle Gallardo, y

CONSIDERANDO:

Que en la cuadrícula circulatoria del sector se percibe que el mismo presenta un alto grado de conflictividad, toda vez que las calles, en su mayoría, no tienen continuidad por encontrarse cortadas por los mismos pilares de la autopista, vías del Ferrocarril Sarmiento, Estadio del Club Vélez Sársfield y la Avenida Gral. Paz;

Que por otra parte el recorrido a que está obligado el automovilista para acceder a la rampa de acceso de la autopista en sentido este-oeste con su continuación a través de la autopista del oeste, es muy grande y con el agravante de tener que atravesar cuatro intersecciones semaforizadas lo que la hace poco atractiva, prefiriendo continuar por la Avenida Juan B. Justo y recién en la provincia tomar la vía rápida;

Que esto trae como consecuencia la saturación de la calzada de la Avenida Juan B. Justo en horas pico en un tramo de aproximadamente cuatro (4) cuadras antes de su cruce con la Avenida Gral. Paz;

Que todos los vehículos que circulando por la Avenida Juan B. Justo de este a oeste, se dirijan hacia el centro o hacia el Riachuelo por la Avenida Gral. Paz, están obligados a realizar el mismo derrotero para acceder a la autopista;

Que por otro lado y como complemento de dicha obra se observa la necesidad de otorgarle mano única al tramo de la calle Barragán desde la Avenida Alvarez Jonte hasta la Avenida Juan B. Justo de sudeste a noroeste; mantener el actual sentido de circulación a la cuadra de la Avenida Reservistas Argentinos, comprendida entre las calles Barragán y Gallardo, de este a oeste. transformar en doble mano al tramo de la Avenida Reservistas Argentinos entre las calles Gallardo y Madero;

Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515-GCBA-2000 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° Modifícase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, invirtiéndose el sentido único de circulación a la calle Barragán de Avenida Juan B. Justo a Avenida Alvarez Jonte de sudeste a noroeste.

Artículo 2° Restitúyese con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, el doble sentido circulatorio a la Avenida Reservistas Argentinos entre Madero y Gallardo.

Artículo 3° Las presentes medidas entrarán en vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo, la adaptación del señalamiento luminoso, y la construcción de isletas y corrugados correspondientes, de acuerdo al plano N° 112/DGTO/2000, el cual forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Policía Federal Argentina, a la Dirección General de Obras Públicas y para conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res. 58-SOYSP-01 la modificación al Dec. Ord. 10407, fue ratificada por Ley 1305
MODIFICADA POR
Res. 990-SOYP-02 prorroga alcances de la Res. 58-SOYSP-01
RATIFICADA POR
<p>Art. 1 y 2 de la Ley 1305, dispone modificaciones en el texto ordenado de calles con sentido único de circulación, Decreto Ordenanza 10407-47, que previamente fueron aprobadas por Resolución 58-SOYSP-01.</p>