LEY 1305 2004
Síntesis:
ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A TRAMOS DE LAS ARTERIAS - CALLES - URIARTE - CARLOS ANTONIO LÓPEZ - BARRAGÁN - RESTITITUCIÓN - RESTITUYE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN A UN TRAMO DE LA AV. RESERVISTAS ARGENTINOS - CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS - ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ASIGNACIÓN DE SENTIDO ÚNICO - MANO ÚNICA - DOBLE MANO
Publicación:
07/05/2004
Sanción:
01/04/2004
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
29/04/2004
Artículo 1° - Modifícanse los términos del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, asignándole sentido único a los siguientes tramos de arterias, en la forma que se indica:
Uriarte, desde Jufré hasta Aguirre, de NE a SO.
Carlos Antonio López, desde Mercedes hasta lateral de la Av. Gral. Paz, de NE a SO.
Barragán, desde Av. Álvarez Jonte hasta Av. Juan B. Justo, de SE a NO.
Artículo 2° - Modifícanse los términos del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, restituyéndose el doble sentido circulatorio a la Av. Reservistas Argentinos entre Madero y Barragán.
Artículo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 4° - Comuníquese, etc. TELERMAN - Alemany