RESOLUCIÓN 95 2007 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

SE CONVOCA AL CONCURSO ARTES INDUSTRIALES 2.007 - MIPYMES - PROGRAMA RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO - CREA EQUIPO EVALUADOR DE PROYECTOS - COMISIÓN REVISORA - BASES Y CONDICIONES

Publicación:

29/10/2007

Sanción:

05/10/2007

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407) y los Decretos N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222) y N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), y

CONSIDERANDO:

Que el citado Decreto N° 923/05 creó, en el ámbito de la entonces Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, el programa Red Institucional de Apoyo a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo objetivo general es el de contribuir a la mejora de la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas a través del fortalecimiento de su interacción con las organizaciones y entidades no gubernamentales especializadas en la prestación de servicios de apoyo a aquéllas;

Que la recién mencionada norma designó como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Producción;

Que, de acuerdo con la Ley N° 1.925 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las competencias de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable han sido transferidas al Ministerio de Producción, en cuanto a la misión de elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas orientados al desarrollo, promoción y fomento de las actividades comerciales, industriales y de servicios con especial énfasis en la generación de empleo y en la promoción de pequeñas y medianas empresas;

Que, asimismo, conforme el Decreto N° 350/06, la Subsecretaría de Producción dependiente del citado Ministerio, tiene la responsabilidad de instrumentar y coordinar aquellos programas, proyectos y actividades dirigidos a consolidar el sector industrial y comercial de la ciudad en un marco de desarrollo sustentable;

Que, a efectos de la aplicación del programa en cuestión, y conforme artículos 4° y 5° del Decreto N° 923/05, deben convocarse a concursos para la presentación de los proyectos específicos que tiendan al desarrollo competitivo de las MIPyMES;

Que, en este momento, es de sumo interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sostener y estimular establecimientos vinculados a actividades productivas, comerciales, de servicios y culturales;

Que el sector público debe apoyar a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a dichas actividades, a efectos de contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo de la Ciudad de Buenos Aires;

Que ese apoyo contribuirá a una mayor diversidad cultural y a que la estructura de servicios existente logre un ámbito de crecimiento y de creación de nuevos puestos de trabajo;

Que la vía más apta para llevar a cabo estos objetivos se encuentra en el otorgamiento de subsidios en los términos del ya citado decreto;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 923/05,

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Convócase al Concurso Artes Industriales 2007, en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el Decreto N° 923/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), destinado a subsidiar proyectos pertenecientes a empresas vinculadas a actividades productivas, comerciales, de servicios y culturales ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que, con la colaboración del Estado y la coordinación de organizaciones de la sociedad civil puedan contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2° - Los proyectos deberán ser presentados por entidades sin fines de lucro que, al momento del cierre de la convocatoria, se encuentren inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMES, según lo establecido por Resolución N° 61-SSPRODU/06, y cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases y condiciones que, como Anexo I, forman parte de la presente.

Artículo 3° - Las entidades que resulten beneficiarias accederán a un importe no reembolsable, destinado a llevar a cabo el proyecto, de acuerdo con las pautas, montos y metodologías de desembolso establecido en las bases y condiciones.

Artículo 4° - Destínase al financiamiento de las propuestas que resulten finalmente aprobadas hasta la suma de pesos un millón cien mil ($ 1.100.000) los que serán imputados a la partida pertinente del presupuesto en vigor.

Artículo 5° - Los proyectos deberán ser presentados de conformidad con lo dispuesto en las bases y condiciones hasta las 12 hs. del día 25 de octubre de 2007 en la sede de la Subsecretaría de Producción, sita en la calle Sarmiento 630, piso 15 frente, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6° - Apruébanse las Bases y Condiciones, el Listado de Documentación Requerida, el Listado de Servicios Excluidos, el Modelo de Nota de Solicitud de Admisión, el Modelo de Declaración Jurada, el Formulario de Perfil de la Entidad y Formulación del Proyecto, el Modelo de Acta Acuerdo entre Entidad y Gobierno, el Modelo de Acta Acuerdo entre Entidad y Empresa, la Herramienta de Evaluación del Perfil de la Entidad y del Proyecto y el Estado de Rendiciones que, como Anexos I a X, respectivamente, forman parte de la presente.

Artículo 7° - Créase un Equipo Evaluador de Proyectos del concurso que se convoca, el que estará formado por:

a) Bosco, Gabriel Osvaldo, DNI 14.229.073.

b) Lamelza, Marcela, DNI 16.892.732.

c) Orquera, Soledad Romina, DNI 28.830.814.

d) Quiroga, Mónica, DNI 16.974.079.

Artículo 8° - El Equipo Evaluador de Proyectos tendrá las siguientes tareas:

a) Recibir los proyectos presentados;

b) Evaluar las presentaciones de los concursantes, conforme con la metodología desarrollada en las bases y condiciones;

c) Emitir opinión acerca de la procedencia y razonabilidad de los proyectos;

d) Sugerir la aprobación o el rechazo de las solicitudes, estableciendo un orden de mérito;

e) Sugerir el monto del aporte no reembolsable, sobre la base del orden de mérito establecido;

f) Elevar las propuestas con la opinión por proyecto a la Comisión Revisora creada por la presente.

Artículo 9° - Créase una Comisión Revisora de Proyectos del Concurso que se convoca, la que estará formada por:

a) Cardoso, Julián Jorge, DNI 22.797.331.

b) Farina, Carlos Alberto, DNI 7.734.209.

c) Sosa, Miguel Ángel, DNI 11.738.613.

Artículo 10 - La Comisión Revisora tendrá la tarea de emitir un informe por escrito sobre los proyectos evaluados, debiendo confirmar o modificar, en su caso, el orden de mérito definido por el equipo evaluador.

Artículo 11° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, dependientes de la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

NOTA: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en la Subsecretaría de Producción, Sarmiento 630, piso 15 frente, de lunes a viernes de 10 a 16 horas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Res. 159-MDEGC-08 revoca por ser nula de nulidad absoluta e insanable la Res. 95-SSPRODU-07
INTEGRADA POR
<p>Res 95-SSPROD-07 Convoca al Concurso Artes Industriales 2007, en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMEs, creado por el Decreto N° 923-05</p>