LEY 2551 2007
Síntesis:
PRORROGA EL PLAN DE TRANSICIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY 2095 - ESTABLECIMIENTOS DE SALUD - HOSPITALES - CENTROS DE SALUD - FONDO DE EMERGENCIA PARA LA SALUD
Publicación:
26/12/2007
Sanción:
29/11/2007
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
19/12/2007
Artículo 1° - Prorrógase hasta el 30 de junio de 2008 el Plan de Transición para la Implementación de la Ley N° 2.095 en el ámbito de los establecimientos de Salud creado por Ley N° 2.325 con el objetivo de fortalecer las Áreas Administrativas y de Gestión de Compras y Contrataciones de los efectores del Subsector Estatal de Salud y generar las condiciones adecuadas para su aplicación.
Artículo 2° - Se habilita a los efectores de salud a continuar utilizando el Fondo de Emergencia para la Salud creado por Decreto N° 7/98, su normativa modificatoria y/o reglamentaria hasta el 30 de junio de 2008.
Artículo 3° - Comuníquese.