DECRETO 58 2008

Síntesis:

SE PRORROGAN PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS POR DECRETO N° 1.647-02 Y SE DESIGNA AL TITULAR DE LA UPE COMPRAS DE ALIMENTOS PARA PROGRAMAS SOCIALES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

Publicación:

13/02/2008

Sanción:

18/01/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 1.647/02 (B.O.C.B.A. N° 1590), sus modificatorios, el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Expediente N° 92.863/07, y

CONSIDERANDO:

Que, ante la necesidad del Estado de optimizar los recursos disponibles a fin de implementar instrumentos de gestión eficaces para el apoyo de la ejecución de programas sociales para los sectores más vulnerables, por Decreto N° 1.647/02, fue creada la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales;

Que dicha Unidad de Proyectos Especiales gestiona las compras de alimentos a requerimiento de los responsables de los distintos programas sociales dependientes del actual Ministerio de Desarrollo Social como, asimismo, con destino a los hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, para el cumplimiento de su objeto, se estableció un procedimiento especial otorgándosele facultades para aprobar las condiciones con las que deben cumplir los oferentes, para autorizar y aprobar las contrataciones respectivas y atribuciones para la aprobación de gastos de imprescindible necesidad y hasta un monto determinado;

Que por Decreto N° 553/06 (B.O.C.B.A. N° 2450) se fijó hasta el 31/12/07 la prórroga de los procedimientos establecidos por el Decreto N° 1.647/02 y sus modificatorios para el funcionamiento de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales;

Que con el fin de mantener la operatoria mencionada resulta conveniente prorrogar la misma hasta el 31/12/08;

Que por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), se aprobó la nueva estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Ley de Ministerios, estableciéndose, a su vez, la retribución de las autoridades superiores;

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones, integrante de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales propicia la designación del contador Francisco Ciorciari, DNI 12.652.988, como Coordinador de la citada Unidad de Proyectos Especiales;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Prorróganse hasta el 31/12/08 los procedimientos establecidos por el Decreto N° 1.647/02 y sus modificatorios para el funcionamiento de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales.

Artículo 2° - Establécese que, a partir del 10 de diciembre de 2007, la Coordinación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales, tendrá nivel y retribución equivalente a Director General, conforme lo establecido en el artículo 4° del Decreto N° 2.075/07.

Artículo 3° - Desígnase a partir del 10 de diciembre de 2007, como Coordinador de la Unidad de Proyectos Especiales Compras de Alimentos para Programas Sociales al contador Francisco Ciorciari, DNI 12.652.988 (F.C. N° 263.107), reteniendo, sin percepción de haberes, la partida 6070.0000.PB03.385.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud y para su conocimiento, notificación del caso y demás efectos remítase a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Administración de Recursos Humanos, dependientes del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art 2 del Dto 58-08 establece que la UPE Compras de Alimentos para Programas Sociales, tendrá nivel y retribución equivalente a Director General, conforme lo establecido en art 4 del Dto 2075-07
MODIFICADA POR
Art 1 del Dto 58-08 Modifica el artículo 1° del Decreto N° 58-08
MODIFICA
Art 1 Dto 58-08 prorroga los procedimientos establecidos por Dto 1647-02