RESOLUCIÓN 77 2008 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - CREA LOS DEPARTAMENTO LÍNEA 102 - DEPARTAMENTO DE BECAS

Publicación:

03/03/2008

Sanción:

07/02/2008

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


Visto, la Resolución N° 422-CDNNyA/06 y la Resolución N° 5-CDNNyA/04, y la Resolución N° 174-CDNNyA/07, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución mencionada en el visto se aprobó el marco orgánico institucional y responsabilidades primarias del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que razones administrativas y operativas tornan conveniente modificar la estructura organizativa de la Unidad Técnica Línea 102, que dado el volumen de trabajo y la demanda que regularmente atiende se torna necesario que dicha Unidad Técnica adquiera jerarquía de Departamento;

Que idéntica situación se plantea respecto de las becas que regularmente otorga este Consejo que deben ser atendidas por una estructura departamental;

Que asimismo es conveniente que dicha estructura centralice todo lo atinente a la temática antes mencionada;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 y el Decreto N° 1.760/00,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE

NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase la Estructura Organizativa de la Presidencia, de conformidad con lo establecido en el los artículos 2°, 3° y 4° de la presente.

Artículo 2° - Créase el Departamento Línea 102, y el Departamento de Becas dependientes de la Coordinación General de Gestión de Políticas y Programas Dirección de Servicios de Protección Especial.

Artículo 3° - Se asignan al Departamento Línea 102 las responsabilidades primarias que a continuación se detallan:Inciso a) Recibir, analizar y derivar la demanda de atención telefónica.Inciso b) Asesorar a quienes se comuniquen acerca de las instituciones que pueden canalizar la demanda.Inciso c) Derivar a los servicios del Consejo, o a otras Áreas del G.C.A.B.A. las demandas correspondientes conforme a las incumbencias de cada una de las mismas.Inciso d) Derivar a la Guardia Permanente de Abogados todos los casos que requieran intervención de urgencia en situaciones de vulneración o amenaza de derechos en el marco de la Ley N° 114.Inciso e) Producir información sobre los programas, actividades y servicios a su cargo.

Artículo 4° - Se asignan al Departamento Becas las siguientes responsabilidades primarias:Inciso a) Determinar la pertinencia de las becas que otorgue este Consejo conforme al artículo 2° de la Resolución N° 5-CDNNyA/04.Inciso b) Acordar con el servicio pertinente el responsable del cobro.Inciso c) Verificar el cumplimiento de los compromisos pactados al momento de asignarse las becas.Inciso d) Proponer la baja de los beneficios acordados en caso de que se incumpla con lo determinado en el inciso anterior.

Artículo 5° - Deróganse las resoluciones mencionadas en el visto y las que en su consecuencia se hallan dictado en todo lo que se opongan a la presente.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección Administrativa y a la Dirección General de Recursos Humanos y cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 2882

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 77-CDNNYA-08 Modifica estructura organizativa del CDNNYA aprobada por Res. 422-CDNNYA-06
MODIFICA
Res. 77-CDNNYA-08 Modifica la estructura organizativa de la Vice presidencia modificada por Res. 174-CDNNYA-07
MODIFICA
Res. 77-CDNNYA-08 Crea el Depto Becas, modifica acciones previstas en la Res. 5-CDNNYA-04
MODIFICADA POR
Res.330-CDNNYA-08 Modifica el nombre del Depto Becas aprobado por Res. 77-CDNNYA-08