LEY 561 2001
Síntesis:
CUMPLIMIENTO DE LA PUBLICACIÓN EN LA SEPARATA DEL BOCBA 1202 DEL 30-05-2001- EL PODER EJECUTIVO PUBLICARA EN EL BOLETIN OFICIAL UN INDICE DE TODOS LOS DECRETOS EMITIDOS DESDE EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1996 Y QUE NO HUBIESEN SIDO PUBLICADOS - DERECHO A CONSULTA
Publicación:
07/05/2001
Sanción:
29/03/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/04/2001
Artículo 1° - El Poder Ejecutivo dentro de los treinta días de promulgada la presente, publicará en el Boletín Oficial un índice de todos los decretos emitidos por el Jefe de Gobierno de la Ciudad desde el 30 de septiembre de 1996 y que no hubiesen sido publicados, el cual contendrá el número de decreto, fecha de dictado y síntesis temática.
Artículo 2° - Todo ciudadano tiene derecho a consultar y requerir copia del texto completo de un decreto no publicado en la oficina que el Poder Ejecutivo asigne al efecto.
Artículo 3° - Comuníquese, etc. Srur - Alemany