RESOLUCIÓN 133 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

SE DENIEGA SOLICITUD DE REINTEGRO DE GASTOS SIN AUTORIZACIÓN- FERNANDO VERDAGUER - FUNCIONARIOS - SUBSECRETARIO DE LA SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - VIAJES - PARTICIPACIÓN - XIX ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE METROS Y SUBTERRÁNEOS - ALAMYS - MEDELLÍN - COLOMBIA - DEROGA RESOLUCIONES

Publicación:

14/03/2008

Sanción:

03/03/2008

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO


Visto el Expediente N° 77.432/05, e incorporado Registro N° 1.317-MPyOP/07, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente señalado en el visto el Arq. Fernando Osvaldo Julio Verdaguer, DNI 16.090.465 CUIL 20-16090465-9, en su carácter de ex Subsecretario de Tránsito y Transporte, solicita el reintegro de la suma de pesos cuatro mil setenta y cinco con diez centavos ($ 4.075,10) por gastos efectuados con motivo de su participación en la XIX Asamblea General de la Asociación Latinoamericana de Metros y Subterráneos -ALAMYS- celebrada en la ciudad de Medellín, Colombia del 27 al 30 de noviembre de 2005;

Que de los actuados referidos en el visto resulta que mediante Resolución N° 1.522-SIyP/05, del 16 de noviembre de 2005, el entonces Secretario de Infraestructura y Planeamiento aprobó el gasto efectuado por el presentante, por un total de $ 4.075,10 en concepto de pasajes y viáticos para asistir a la XIX Asamblea General de la Asociación Latinoamericana de Metros y Subterráneos -ALAMYS- celebrada en la ciudad de Medellín y dio intervención a la Secretaría de Hacienda y Finanzas a los efectos de gestionar el reintegro de dichas sumas;

Que, asimismo, del citado expediente surge que mediante Resolución N° 464-SIyP/06, del 13 de marzo de 2006, se autorizó al entonces Subsecretario de Tránsito y Transporte a concurrir a la Ciudad de Medellín, Colombia entre los días 27 al 30 de noviembre de 2005 a la XIX Asamblea General de ALAMYS para participar en el foro: políticas para el desarrollo de sistemas de transporte masivo en los países latinoamericanos;

Que, no obstante lo dispuesto mediante las Resoluciones N° 1.522-SIyP/05 y N° 464-SIyP/06, y sin perjuicio de que el peticionante ha acompañado las constancias de los gastos efectuados con motivo de su participación en la XIX Asamblea General de la ALAMYS, la Subsecretaría de Coordinación Legal, la Asesoría Legal de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y la Procuración General del la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, han advertido que no se han observado los recaudos establecidos por el Decreto N° 1.540/03 (B.O.C.B.A. N° 1577);

Que en efecto, el Decreto N° 1.540/03 (B.O.C.B.A. N° 1777) determina en su art. 3° la documentación que debe acompañar toda solicitud de fondos y en su art. 4° dispone que Los viajes al exterior deben ser previamente autorizados por el Poder Ejecutivo… para lo cual la solicitud respectiva será elevada a través de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica con la suficiente antelación, indicándose motivo de la misma, período y gasto estimado. En caso de no cumplirse con dicho requisito, no se autorizará la entrega de fondos ni se reintegrarán los gastos en que eventualmente se incurriera;

Que la Secretaría Legal y Técnica, en su intervención del 20 de octubre de 2006, Providencia N° 61-SSCLEG/06, hizo constar que el viaje, cuyos gastos el solicitante pretende le sean reintegrados, fue emprendido sin contar con la autorización correspondiente, no habiéndose aportado los elementos necesarios que justificare la necesidad de convalidar dicha gestión;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, mediante Dictamen PG N° 62.219, conforme los términos de la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE:

Artículo 1° - Deniégase la solicitud de reintegro de gastos efectuada por el Arq. Fernando Osvaldo Julio Verdaguer, DNI 16.090.465, CUIL 20-16090465-9, realizados con motivo del viaje a la ciudad de Medellín, Colombia del 27 al 30 de noviembre de 2005, con motivo de su participación en la XIX Asamblea General de ALAMYS.

Artículo 2° - Derógase la Resolución N° 1.522-SIyP/05 y la Resolución N° 464-SIyP/06.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Contaduría General y remítase a la Subsecretaría de Transporte, la que notificará fehacientemente al interesado de conformidad con los términos del Decreto N° 1.889/01 (B.O.C.B.A. N° 1327). Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
Art 2 de la Res 133-MDU-08 deroga la Res 1522-SIYP-05
DEROGA
Art 2 de la Res 133-MDU-08 deroga la Res 464-SIYP-06
RATIFICADA POR
Dto. 1218-08 ratifica Res. 133-MDU-08 desestima Recurso Jerárquico en su contra
REFERENCIA
Res 133-MDU-08 deniega solicitud de reintegro de gastos, por no cumplir con requisitos establecidos por Dto 1540-03