DISPOSICIÓN 29 2008 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

NORMA DEROGADA -  MODIFICA PARCIALMENTE LA DISPOSICIÓN N° A 460-DGCG-07 - PAUTAS SOBRE CIERRE DE GESTIÓN - CIERRE DE EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO

Publicación:

07/04/2008

Sanción:

29/01/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


Visto lo previsto en el artículo 113 de la Ley N° 70 de Gestión Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, la Disposición N° A 132-DGC/07, la Disposición N° A 460-DGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que por artículo 113 de la Ley N° 70 la Dirección General de Contaduría es el órgano rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del sector público;

Que el artículo 115 de la citada ley en su acápite h) establece que la Dirección General de Contaduría tiene dentro de su competencia la de preparar anualmente la cuenta de inversión y presentarla a la Legislatura;

Que por el acápite J) del artículo mencionado anteriormente, la Dirección General de Contaduría tiene entre sus competencias, la de llevar la contabilidad general de la Administración Central consolidando datos de los servicios jurisdiccionales, realizando las operaciones de ajuste y cierre necesarios y producir anualmente resultados contables financieros para su remisión a la Legislatura;

Que debido al cierre del ejercicio económico financiero, resulta necesario dictar las normas que permitan conocer la gestión presupuestaria de caja patrimonial, así como los resultados operativos económicos y financieros de todo el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al finalizar cada ejercicio;

Que la Disposición N° A 132-DGC/07 modificada por la Disposición N° A 460-DGC/07 reglamenta los cierres de ejercicio;

Que teniendo en cuenta que el 10 de diciembre ppdo. asumieron nuevas autoridades en el Gobierno en la Ciudad de Buenos Aires resulta procedente adecuar dicha normativa;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE CONTADURÍA

DISPONE:

Artículo 1° - Modifíquese el art. 2° de la Disposición N° A 460-DGC/07 el que quedara redactado en los siguientes términos:

Modifíquese los artículos 6° y 7° de la Disposición N° A 132-DGC/07 debiendo leerse 31 de enero donde dice 28 de febrero.

Artículo 2° - Déjense sin efecto los artículos 3°, 4°, 5°, 6° y 10 de la Disposición N° A 460-DGC/07.

Artículo 3° - Modifíquese el artículo 8° y 12 de la citada norma legal debiendo leerse antes del 31 de enero 2008 donde dice dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del ejercicio siguiente.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase copia certificada a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, organismos descentralizados, entidades autárquicas, empresas y sociedades del Estado y sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría. Harbin

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Art 3 de la Disp 176-DGC-08 deja sin efecto la Disposición 29-DGC-08
MODIFICA
Disp. 29.DGC-08 Modifica los art. 2; 8 y 12 y deja sin efecto art. 3; 4: 5; 6 y 10 de la Disp. 460-DGC-07