RESOLUCIÓN 94 2008 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

SE PRORROGA VIGENCIA DE PERMISOS DE USO EN LA VÍA PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS - VENDEDORES AMBULANTES - FECHA DE VENCIMIENTO - RESOLUCIÓN N° 24-SSCC-07

Publicación:

11/04/2008

Sanción:

26/03/2008

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


Visto, la Ley N° 1.166 (B.O.C.B.A. N° 1857), la Ley N° 2.624 (B.O.C.B.A. N° 2843), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), el Decreto N° 612/04 (B.O.C.B.A. N° 1922), la Resolución N° 24-SSCC/07 (B.O.C.B.A. N° 2803), la Disposición N° 548-DGHySA/07, la Disposición N° 962-DGHySA/07 (B.O.C.B.A. N° 2693),

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 612/04 se reglamentó la Ley N° 1.166, por la cual se modifica el Código de Habilitaciones y Verificaciones en lo referente a la elaboración y expendio de productos alimenticios y/o a la venta ambulante en la vía pública;

Que, actualmente se encuentra en trámite, bajo el Expediente N° 10.316/07, la modificación al decreto mencionado precedentemente, en relación a la adjudicación de los puestos de venta ambulante, a efectos de brindarle mayor seguridad y transparencia a dicho procedimiento;

Que, mediante Disposiciones Nros. 548/07 y 962/07, de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, y la Resolución N° 24/07 de la ex Subsecretaría de Control Comunal, se prorrogó el plazo de vigencia de los permisos de uso en la vía pública para la elaboración y expendio por cuenta propia de productos alimenticios en ubicaciones fijas y determinadas, Categoría I, II, III y venta ambulante por cuenta propia, venciendo la misma en el corto plazo;

Que, mediante el Decreto N° 1.054/07, de fecha 16 de agosto de 2007, se transfirió la competencia como autoridad de aplicación de la Ley N° 1.166, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos;

Que, por Decreto N° 2.075/07, mediante el cual se aprueba la nueva Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se le otorga a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, la responsabilidad primaria de otorgar permisos expresamente permitidos para la venta de alimentos en la vía pública;

Que, a través de la Ley N° 2.624, se creo la Agencia Gubernamental de Control, como entidad autárquica, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, mediante la ley antes mencionada fue transferida bajo la órbita de la Agencia Gubernamental de Control;

Que, por todo lo expuesto y al resultar necesario preservar la seguridad de los permisionarios, se otorga una nueva prórroga hasta tanto se establezca la modificación al Decreto N° 612/04;

Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la debida intervención;

Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrógase el plazo de vigencia de los permisos de usos en la vía pública para la elaboración y expendio por cuenta propia de productos alimenticios en ubicaciones fijas y determinadas, Categorías I, II y III y venta ambulante por cuenta propia, por el plazo de noventa (90) días, a partir de la fecha de vencimiento de la prórroga establecida mediante la Resolución N° 24-SSCC/07.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 94-AGC-08 prorroga plazo de vigencia de permisos de uso, a partir de la fecha de vencimiento de la prórroga establecida mediante Res 24-SSCC-07
MODIFICADA POR
Disp.799-DGHYSA-12 prorroga los plazos establecidos, Res. 94-AGC-08