DISPOSICIÓN 799 2008 DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Síntesis:

 PRORROGA PLAZO DE VIGENCIA DE PERMISOS DE USO DE LA VÍA PÚBLICA - ELABORACIÓN Y EXPENDIO POR CUENTA PROPIA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN UBICACIONES FIJAS Y DETERMINADAS -  CATEGORÍAS  I -  II -  III Y VENTA AMBULANTE POR CUENTA PROPIA -  HASTA QUE SE ESTABLEZCA LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO  612-04

Publicación:

30/11/2012

Sanción:

04/08/2008

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA


VISTO:

La Ley N° 1.166 (B.O.C.B.A. N° 1857), la Ley 2624/07 (B.O.C.B.A. N° 2843); el

Decreto N° 2075/GCBA/2007 (B.O.C.A. N° 2829), el Decreto N° 612/GCBA/04

(B.O.C.B.A. N° 1922), la Resolución N° 24/GCBA/SSCC/2007, la Resolución

94/AGC/2008, la Disposición N° 548/DGHySA/2007, la Disposición 962/DGHySA/2007

y Registro 9811/DGHySA/08, con sus modificaciones que reglamentan aquella, y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ley N° 1.166 se modifica el Código de Habilitaciones y

Verificaciones en lo referente a la elaboración y expendio de productos alimenticios y/o

venta ambulante en la vía pública, estableciendo al respecto las distintas modalidades

para el desarrollo de las actividades comerciales comprendidas en el espacio público

como la elaboración y expendio por cuenta propia en ubicaciones fijas, expendio

ambulante por cuenta propia y expendio ambulante por cuenta de terceros (conf.

Artículo 11.1.6, incisos a, b y c);

Que, por el Decreto N 612/04 se reglamentó la Ley 1.166, por la cual se modifica el

Código de Habilitaciones y Verificaciones en lo referente a la elaboración y expendio

de productos alimenticios y/o venta ambulante en la vía pública;

Que, actualmente se encuentra en trámite, bajo Expediente N° 10.316/07, la

modificación al decreto mencionado precedentemente, en relación a la adjudicación de

los puestos de venta ambulante, a efectos de brindarle mayor seguridad y

transparencia a dicho procedimiento;

Que, se encuentra en vigencia el art. 2 de la Resolución N° 24/07 de la ex

Subsecretaría de Control Comunal que establece que "la adjudicación de nuevos

permisos de usos en la vía pública para elaboración y expendio por cuenta propia de

productos alimenticios en ubicaciones fijas y determinadas, Categorías I,II y III y venta

ambulante por cuenta propia, quedará supeditada al dictado del correspondiente acto

administrativo- decreto, ley o resolución- que modifique el Decreto Reglamentario N°

612/04";

Que, mediante Disposiciones Nros. 548/07 y 962/07, de la Dirección General de

Higiene y Seguridad Alimentaria, la Resolución N°24/07 de la ex Subsecretaría de

Control Comunal, Resolución 94/2008 de la Agencia Gubernamental de Control, se

prorrogó el plazo de vigencia de los permisos de uso en la vía pública para la

elaboración y expendio por cuenta propia de productos alimenticios en ubicaciones

fijas y determinadas, Categorías I, II, III y venta ambulante por cuenta propia,

venciendo la misma en el corto plazo;

Que, por ello y a fin de preservar la seguridad de los permisionarios conciliando los

derechos de éstos con el interés público, es necesario otorgar una nueva prórroga

hasta tanto se establezca la modificación del Decreto N° 612/GCBA/04;

Que, dicho temperamento es coincidente con lo requerido por el Sindicato de

Vendedores Ambulantes de la República Argentina (Personería Gremial N° 1381);

Que, dicha necesidad de prórroga se efectúa dentro del marco de atribuciones de la

autoridad de aplicación del régimen;

Que, el suscripto es competente como autoridad de aplicación de la Ley N° 1.166 para

dictar el presente acto administrativo;

Por ello y haciendo uso de la facultades que le otorga el ordenamiento legal vigente;

EL DIRECTOR GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

DISPONE:

Articulo 1°- Prorróguese el plazo de vigencia de los permisos de uso de la vía pública

para la Elaboración y Expendio por Cuenta Propia de Productos Alimenticios en

Ubicaciones Fijas y Determinadas, Categorías I, II, III y Venta Ambulante por Cuenta

Propia, hasta tanto se establezca la modificación del Decreto N° 612/GCBA/04.

Articulo 2°- Se hace saber al interesado que la presente Disposición es susceptible de

impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico, los que

deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días

hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día de la notificación,

conforme lo dispuesto por los artículos 103 y 109 de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, Decreto N° 1.510/97. Dentro de los

cinco (5) días computados desde la notificación, el interesado podrá también solicitar

aclaratoria, si se dan los supuestos contemplados en el artículo 121 de la ley

precitada.

Articulo 3°- Regístrese, publíquese y notifíquese a los interesados. Comuníquese a la

Dirección de Planificación y Tecnología Alimentaria, a la Dirección de Seguridad

Alimentaria, a la Dirección de Normativa y Capacitación Alimentaria y la Dirección

General de Habilitaciones y Permisos a los efectos pertinentes. Goldestein

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 799-DGHYSA-08, prorroga el plazo de vigencia de los permisos de uso de la vía pública para la Elaboración y Expendio por Cuenta Propia de Productos Alimenticios en Unicaciones Fijas y Determinadas, Categorías I, II, III y Venta Ambulante por Cuenta Propia, hasta tanto se establezca la modificación del Decreto 612-04.</p>
MODIFICA
Disp.799-DGHYSA-12 prorroga los plazos establecidos, Res. 94-AGC-08
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 2958-DGOEP-17 procede al reordenamiento y regularización de los permisos de venta de alimentos en el espacio público otorgados oportunamente en el marco de la Sección 11 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, cuya vigencia fuera extendida mediante la Disposición 799-DGHySA-08 y la Nota NO-2013-5103455-DGOEP, siempre y cuando que los mismos no hayan sido expresamente revocados por un acto administrativo y/o renovados oportunamente por esta Dirección General.</p>