DECRETO 610 2008
Síntesis:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DESIGNACIONES DE DIRECTORES - DIRECTORAS - PERSONAL DOCENTE - DAFNE DINA VILAS - CEPA - EDUCACIÓN INICIAL - PRIMARIA - MEDIA - ESPECIAL - TÉCNICA - FORMACIÓN TÉCNICO - SUPERIOR - DOCENTE - RECURSOS HUMANOS - ADULTO Y ADOLESCENTES - ARTÍSTICA - TÍTULOS Y LEGALIZACIONES - EVALUACIÓN EDUCATIVA - INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA - CURRÍCULA Y ENSEÑANZA - GRACIELA LAURA CAPELLETTI - TAMARA LEONOR VINACUR - AGUSTÍN MARCELO TROMBETTA - ANA MARÍA RAVAGLIA - ANDREA VERÓNICA FILIPPONE - ADA ROSA RISSETTO -DANIEL ALBERTO TOLOZA - MARÍA DEL CARMEN CABALLERO - NILDA MABEL MEYNIER - EDUARDO JOSÉ FERNÁNDEZ - CARLOS DANIEL MONZO -MACARENA LUCERO SCHMIDT - PABLO CÁNDIDO SÁNCHEZ - LILIANA BEATRIZ GALLEGO - MARÍA LETICIA PIACENZA - MARCEL BEATRIZ PERALTA - ORDON MARTHA CARMEN
Publicación:
06/06/2008
Sanción:
28/05/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 24.807/2008, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829), se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 500/2008 se procedió a la creación de las estructuras inferiores del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el acto citado en último término, se aprobaron las responsabilidades primarias de las Subsecretarías de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, y de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, y de las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Estatal, y de Coordinación Legal e Institucional, todos órganos del Ministerio de Educación;
Que atento a lo señalado, resulta menester proceder a la cobertura de los cargos creados por la referida norma;
Que, asimismo, corresponde cubrir el cargo de la Coordinación General del Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación (CEPA), de conformidad con lo establecido en el Decreto 2075/2007;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Art. 1°.- Desígnase de acuerdo con lo establecido en el Art. 127 del Estatuto del Docente, aprobado por Ordenanza N° 40.593 (B.M. N° 17.590), y lo prescripto por el Decreto N° 1.334/2005 (B.O.C.B.A. N° 2.283), y Decreto N° 315/2006 (B.O.C.B.A. N° 2.423), a las personas que se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en el modo y condiciones que se consigna.
Art. 2°.- Desígnase a la señora Dafne Dina VILAS, D.N.I. 16.559.644, CUIL 27-16559644-2, ficha 319.163, como Coordinadora General del Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación (CEPA), partida 5578.0000.W.99.000, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Directora de Educación Inicial, del Jardín de Infantes Nucleado B, D.E. N° 3, partida 0003.5950.0835.
Art. 3°.- Desígnase interinamente con carácter transitorio hasta la provisión definitiva titular por concurso, conforme lo prescripto en el artículo 31, inc. b), de la Ley N° 471 (BOCBA N° 1026), a las personas que se indican en el Anexo II, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en el modo y condiciones que se consigna.
Art. 4°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, del Ministerio de Hacienda, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Art. 5°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Art. 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Educación y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
ANEXOS
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