DECRETO 637 2008

Síntesis:

SE APRUEBA LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DE LAS OFICINAS DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - COMPETENCIAS - FUNCIONES - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Publicación:

11/06/2008

Sanción:

04/06/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 70 y modificatorias, el Decreto N° 1.000/GCBA/99 (BOCBA N° 704), que la reglamenta, y la Ley N° 2.095 (BOCBA N° 2.557) y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70, Sistemas de Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, en sus Arts. 15 y 16 constituye y fija las competencias de las oficinas de gestión sectorial y en el Art. 28 determina las funciones de los servicios administrativos financieros;
Que, el Decreto N° 1000/GCBA/99 dispone, en su Art. 7°, reglamentario del Art. 15 de la Ley, que las OGESE se organicen en las Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales de cada Jurisdicción o Entidad, indicando en diversos artículos sus esferas de competencia;
Que, por otra parte, la Ley N° 2.095, Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instituye como integrantes del Sistema de Compras y Contrataciones a las Unidades Operativas de Adquisiciones a constituirse en el área de competencia de cada Jurisdicción y Entidad;
Que, en los términos de la citada Ley, tales Unidades Operativas tienen a su cargo la gestión de las contrataciones y deben funcionar en forma coordinada con las OGESE en la planificación de las operaciones así como en otras tareas inherentes a las mismas;
Que, a fin de garantizar la adecuada concreción de los objetivos propuestos y, dada la multiplicidad de acciones en las que las OGESE deben intervenir de manera directa o indirecta y la falta de precisión de los enlaces entre los distintos participantes, se estima conveniente proceder a su ordenamiento funcional dentro de las Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales, o de las reparticiones que cumplan similares funciones en las distintas Jurisdicciones y Entidades integrantes del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase la organización funcional de las Oficinas de Gestión Sectorial que operan en las distintas Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales o reparticiones que cumplen similares funciones en las Jurisdicciones y Entidades que integran el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el detalle que se adjunta y que, como Anexo I, forma parte integrante del presente.
Artículo 2° Lo dispuesto en el artículo anterior será de aplicación a todos los organismos, existentes y a crearse en lo futuro, que integran el Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires según la enumeración contenida en el Art. 4° de la Ley N° 70.
Artículo 3°. El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios, Secretarías y Entidades dependientes del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Contaduría, de Tesorería, de Compras y Contrataciones y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 637-08 establece organización de las OGESE, según lo previsto por Art. 7 del Decreto 1000-99, reglamentario del Art. 15 de la Ley 70.</p><p>Art. 2 establece que lo dispuesto en el artículo anterior será de aplicación a todos los organismos, existentes y a crearse en lo futuro, que integran el Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires según la enumeración art. 4 de la Ley 70.</p>
INTEGRADA POR
<p>Resolución 28-SECLEYT-09 unifica en la Secretaría Legal y Técnica las áreas de Personal , bajo la órbita de la OGESE de la DG Técnica y Administativa, se ajusta a lo normado por el Decreto 637-08.</p>