RESOLUCIÓN 28 2009 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SE UNIFICAN LAS ÁREAS - MESA DE ENTRADAS - PERSONAL - BAJO LA DEPENDENCIA DE LA OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA
Publicación:
06/03/2009
Sanción:
04/03/2009
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: El Decreto N° 2075/GCBA/07, las Resoluciones N° 16/SSLyT/04, 21/SSLyT/04, 88/SECLyT/08, la Disposición N° 5/MGESYA/02 y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente mediante Resolución N° 16/SSLyT/04 fue creada una Unidad Administrativa en la entonces Subsecretaría Legal y Técnica, teniendo a su cargo la administración y el ordenamiento de las actividades administrativas de la Dirección General de Coordinación Legal y de la ex Subsecretaría Legal y Técnica;
Que por Resolución N° 21/SSLyT/04, se creó el Área Recursos Humanos dependiente de la Unidad mencionada;
Que por otra parte, se organizó el Departamento Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General de Coordinación Legal, cuyas funciones son dar ingreso y salida del circuito administrativo a las actuaciones remitidas a consideración de la Secretaría Legal y Técnica, entre otras, habiendo sido encomendadas dichas tareas a la agente Patricia Mónica Bonavena, a través de la Resolución N° 88/SECLyT/08;
Que por Disposición N° 5/MGESYA/02, se aprobó la organización funcional de la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y se establecieron las funciones de cada una de sus unidades de servicio, entre las cuales se encuentra la Coordinación Administrativa que tiene a su cargo administrar los recursos humanos de la referida Dirección General;
Que por Decreto N° 2075/GCBA/07, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo, estableciéndose que de esta Secretaría dependen las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, Técnica y Administrativa y de Coordinación Legal;
Que a cargo de la Dirección General Técnica y Administrativa se encuentra la Oficinade Gestión Sectorial de la cual dependen las Áreas de Mesa de Entradas y de Personal;
Que es menester reorganizar las Áreas de Mesa de Entradas de ambas Direcciones Generales para optimizar los recursos humanos y físicos disponibles, siendo propicio para ello, unificar dichas áreas, estableciéndose una única unidad funcional bajo la dependencia de la Dirección General Técnica y Administrativa;
Que en igual sentido, resulta oportuno que las Áreas de Personal que se encuentran en el ámbito de las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo yde Coordinación Legal se unifiquen con el Área de Personal que depende de la Dirección General Técnica y Administrativa, toda vez que ésta última tiene entre sus responsabilidades primarias administrar los bienes y recursos de la Secretaría Legal y Técnica;
Que en consecuencia y hasta tanto se apruebe la estructura organizativa de las estructuras inferiores resulta necesario establecer una organización funcional que se condiga con las responsabilidades a cargo de los agentes;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVE
Artículo 1°.- Unifícanse las Áreas de Mesa de Entradas dependientes de las Direcciones Generales Técnica y Administrativa y de Coordinación Legal de estaSecretaría, bajo la órbita del Área Mesa de Entradas dependiente de la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica y Administrativa.
Artículo 2°.- Unifícanse las Áreas de Personal dependientes de las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, Técnica y Administrativa y deCoordinación Legal de esta Secretaría, en el Área de Personal dependiente de la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica y Administrativa.
Artículo 3°.- Encomiéndase la designación de los representantes de la firma del despacho de ambas unidades de gestión a la Dirección General Técnica y Administrativa. Las mencionadas designaciones tendrán vigencia a partir del 16 de febrero de 2009.
Artículo 4°.- Déjase sin efecto toda la normativa contraria a la presente.
Artículo 5°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.