DECRETO 60 2009

Síntesis:

DEROGA DECRETO N° 2120-80 - CREAN - UNIDAD DE COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LAS OFICINAS DE PERSONAL -UCCOP QUE DEPENDERÁ DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - Y REGISTRO ÚNICO Y OBLIGATORIO DE OFICINAS DE PERSONAL -RUOOP - CON DEPENDENCIA DIRECTA DEL ORGANISMO CITADO EN PRIMER TÉRMINO - LAS OFICINAS O ÁREAS DE PERSONAL INCLUIDAS EN LA ESTRUCTURA Y APROBADAS POR DECRETO N° 2075-07 DEPENDENDERÁN FUNCIONALMENTE DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS POR MEDIO DE LA UCCOP

Publicación:

12/02/2009

Sanción:

16/01/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública, los

Decretos N° 2.120/80, N° 986/04 y N° 2.075/07, el Expediente N° 66.713/08, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración de Recursos Humanos realizó endiferentes oportunidades durante los últimos años acciones específicas de vinculacióncon las áreas u oficinas de personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires;

Que en el período 1998-1999, existió el “Proyecto Red” que significó un primer acercamiento con las áreas de personal, realizando encuentros informales con susreferentes y elaborando un boletín informativo sobre temas de personal;

Que si bien estas actividades impactaron positivamente en la relación con las mismas,no fueron sostenidas, ni potenciadas en forma permanente;

Que no obstante, de esa experiencia se obtuvo como resultado una base de datos con la identificación de los referentes y/o responsables de dichas oficinas y un primer relevamiento de las necesidades que planteaban esos agentes en cuanto a susituación como responsables de esas áreas, a la administración de personal y a lavinculación con el nombrado organismo;

Que el tiempo transcurrido, sin una adecuada continuidad sobre el tema y las diversas modificaciones de las estructuras orgánicas en dicho lapso, hacen necesario actualizar y completar la nómina a que se hace referencia;

Que sin perjuicio de lo manifestado, existe en la actualidad en el organismomencionado, un área creada de hecho que desarrolla tareas de comunicación deenorme importancia y que por lo tanto debe ser revitalizada y oficializada de manera de cumplir acabadamente con sus objetivos;

Que para que la interacción sea perfeccionada, teniendo como objetivo final elmejoramiento de las tareas de administración de personal que se realizan, resultafundamental brindar una capacitación adecuada para la utilización de los sistemas yprogramas vigentes, así como de las normas y procedimientos aplicables en los temasde empleo;

Que los actuales canales de comunicación con las áreas en cuestión, resultaninsuficientes para abordar la compleja temática de los recursos humanos;

Que resulta necesario diseñar procesos o circuitos homogéneos, que faciliten elcumplimiento de la normativa vigente y las tareas de control de la gestión, así comotambién implementar talleres de formación y capacitación del personal que sedesempeña en las mencionadas áreas de personal.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 2.120/80.

Artículo 2°.- Créase la Unidad de Coordinación y Comunicación de las Oficinas dePersonal (UCCOP), con dependencia directa de la Unidad de Gestión de RecursosHumanos, cuyas misiones y funciones obran como Anexo I, el que forma parteintegrante del presente.

Artículo 3°.- Créase el Registro Único y Obligatorio de Oficinas de Personal (RUOOP)con dependencia directa de la Unidad de Coordinación y Comunicación de las Oficinas de Personal (UCCOP), cuyas características y funcionamiento obran como Anexo II, el que forma parte integrante del presente.

Artículo 4°.- Las áreas u oficinas de personal de los organismos comprendidos en la estructura orgánica funcional aprobada por Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios tendrán dependencia funcional de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos a través de la Unidad de Coordinación y Comunicación de las Oficinas de Personal(UCCOP).

Artículo 5°.- La dependencia funcional a que se refiere el Artículo 4° del presente, será sin perjuicio de la mantención de la dependencia del organismo al cual pertenecen y con referencia a los requerimientos que se le efectúen en virtud de las responsabilidades que se fijan en el Anexo III que forma parte del presente.

Artículo 6°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda. Cumplido archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3116

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Resolución 28-SECLEYT-09  unifica en la Secretaría Legal y Técnica las áreas de Personal , bajo la órbita de la OGESE de la DG Técnica y Administativa, se ajusta a lo normado por el Decreto 60-09.</p>
DEROGA
El Decreto N° 60-09 crea la Unidad de Coordinación y Comuncación de Oficina de Personal y el Registro Unico y Obligatorio de Oficinas de Personal derogando al Decreto N° 2120-80