RESOLUCIÓN 267 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO LA SUSPENSIÓN ESTABLECIDA POR LA RESOLUCIÓN N° 55-MDEGC-08 - SUSPENDE EL PAGO Y SUSTENTACIÓN DE TRÁMITES PENDIENTES - SUBSIDIOS OTORGADOS EN PROCESOS DE SELECCIÓN CONVOCADOS DURANTE EL AÑO 2007 EN EL MARCO DE PROGRAMAS FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES, PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES COOPERATIVAS, RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYME Y BUENOS AIRES INNOVA

Publicación:

01/07/2008

Sanción:

23/06/2008

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO


Visto las Resoluciones N° 55/MDEGC/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.866), N° 4/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.870), N° 6/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.884) Y N° 177/MDEGC/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.922), el Expediente N° 3.882/2008 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Art. 1° de la Resolución N° 55/MDEGC/2008 se suspendieron por un término de noventa (90) días el pago y sustentación de todos los trámites pendientes, correspondientes a subsidios otorgados a las Firmas declaradas ganadoras en procesos de selección convocados durante el año 2007 en el marco de Programas Fondo para el Desarrollo de Proveedores, Promoción de Actividades Cooperativas, Red Institucional de Apoyo a MIPyME y Buenos Aires Innova;

Que la medida comentada, tuvo su orígen en la detección de diversas irregularidades en las que se habría incurrido durante la sustanciación de cada una de las actuaciones involucradas;

Que como consecuencia de ello, y con el propósito de analizar detalladamente el trámite otorgado a los obrados en los que la autoridad competente decidió acerca de las Firmas que reunían los requisitos necesarios para acceder a los beneficios oportunamnete ofrecidos, conforme Art 2° del mismo acto, se facultó a la Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, a conformar una Comisión Revisora;

Que a tal efecto y mediante Resolución N° 4/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2870), modificada posteriormente en forma parcial por su similar N° 6/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2884), se integró la referida Comisión con personal idóneo en la materia, previéndose la distribución de su competencia funcional en dos Subcomisiones que debían funcionar, cada una de ellas, en la órbita de la Dirección General de Industria, Servicios y Tecnología y de la Subsecretaría de Desarrollo Económico;

Que la Comisión aludida llevó adelante la tarea encomendada y, cumplido el objetivo de someter a revision la totalidad de las actuaciones involucradas, produjo un informe pormenorizado desglosado por Expediente, Concurso y Programa, del cual fue posible determinar el listado de inconsistencias, objeciones y/o irregularidadees, segpun el caso, detectadas en cada una de ellas;

Que sobre la base del referido reporte, se dictó la Resolución N° 177/MDEGC/2008, dejándose sin efecto la suspensión, dispuesta por el acto aludido en el primer considerando de la presente, de pago y sustentación de los Expedientes administrativos alli detallados, según cada Programa y Concurso;

Que con relación a los trámites que quedaron pendientes, se procedió a intimar a las Firmas involucradas, requiriendoles que se sirvieran acompañar los antecedentes necesarios para encuadrar debidamente las presentaciones oportunamente efectuadas en los parámetros fijados por la normativa aprobada como marco jurídico para las distintas convocatorias;

Que vencidos los plazos otorgados y de acuerdo con el informe producido sobre el particular por la Comision Revisora, se ha podido determinar que han cumpldio con la exogencia apuntada un total de veintisiete (27) Empresas;

Que consecuentemente, corresponde disponer, sin más trámite, el levantamniento de la medida precautoria también con respecto a ellas, a cuyo efecto debe dictarse la Resolución ministerial que asi lo disponga, para asi evitar dilaciones innecesarias que pudiesen afectar intereses de los emprendimientos que requieren del otorgamiento de tales beneficios para concretar los objetivos empresariales pautados;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SEÑOR MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE:

Artículo 1° Déjase sin efecto la suspensión dispuesta por la Resolución N° 55/MDEGC/2008 respecto del pago y de la sustanciación de los Expedientes administrativos que, desglosados por Programa y Concurso, se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría, a la Dirección General de Tesorería, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Desarrollo Económico. Cumplído, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
Res. 267-MDEGC-08 deja sin efecto la suspensión establecida Res. 55-MDEGC-08
MODIFICADA POR
La Resolución N° 317-MDEGC-08 modifica el Anexo I de la Resolución N° 267-MDEGC-08 respecto N° de Expediente de la Escuela de Percusión Popular La Chilinga Asociación Civil