RESOLUCIÓN 130 2008 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Síntesis:

PRORROGA CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICAS DE LA RESOLUCIÓN DG N° 171-08 - TURNOS DE DEFENSORÍAS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL - TURNOS CONTRAVENCIONALES Y PENALES

Publicación:

08/07/2008

Sanción:

30/06/2008

Organismo:

DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Actuaciones Administrativas DG n° 05/2001, "Turnos de las Defensorías de Primera Instancia en lo Contravencional" y las Resoluciones DG nro. 169/07; 171/07 y 31/08; y

CONSIDERANDO:

I.- Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su art. 125, inc. 2, como facultad del Ministerio Público la de "velar por la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social", en consonancia con lo prescripto por la ley orgánica de este Ministerio Público en su articulado primero (Ley nro. 1903).

II.- Que el próximo 30 de junio del año en curso cesará la vigencia del "Cronograma de Turnos Contravencionales", dictado en el marco de las Actuaciones Administrativas mencionadas en el exordio de la presente.

III.- Que, por otro lado, en las Resoluciones DG nro. 169/07 y nro. 171/07 se dividió a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuatro (4) zonas geográficas, en aras de obtener una nueva distribución de los turnos contravencionales en consonancia con los estipulados por el Ministerio Público Fiscal de esta Metrópoli.

IV.- Que dicha distribución rigió a partir del 1° de enero venidero y hasta el 30 de junio del año 2008, por tratarse de una experiencia piloto en el ámbito de este Ministerio Público de la Defensa.

V.- Que atento a lo mencionado, corresponde entonces prorrogar los términos de los "Cronogramas de Turnos Contravencionales y Penales" que se aplicará a las defensorías oficiales de primera instancia en lo Contravencional y de Faltas desde el día 1° de julio hasta el 31 de diciembre del corriente año.

Que, en este sentido, se conservarán los criterios de distribución geográficas estipuladas en la Resolución DG nro. 171/07, en los que cada una de las defensorías permanecerán de turno con las comisarías respectivas, en meses alternados y de manera sucesiva (con excepción de aquellas sedes que intervengan con exclusividad).

Que, asimismo, es menester remarcar que los crono-gramas arriba referidos se aplicaran por igual para las causas en las cuales se impute la comisión de un presunto delito o contravención, no existiendo diferencias en su aplicación.

VI.- Que, a mérito de la oportunidad, cabe recordar aquellas Defensorías de grado que intervendrán con exclusividad durante todo el nuevo semestre con distintas Fiscalías del fuero Contravencional y de Faltas. A saber:

Zona A:

- Defensoría Oficial nro. 2: Fiscalía Oficial nro. 3

- Defensoría Oficial nro. 5: Fiscalías Oficiales nro. 8 y 11

Zona D:

- Defensoría Oficial nro. 7: Fiscalías Oficiales nro. 2 y 12

- Defensoría Oficial nro. 1: Fiscalía Oficial nro. 4

VII.- Que, por otro lado, a efectos de que no existan confusiones a la hora de la respectiva asignación de turno en aquellas causas iniciadas durante la vigencia de las anteriores distribuciones de turnos, en las que no hubiere existido ningún tipo de intervención de este Ministerio Público de la Defensa -hasta el 30 de junio de 2008- y cuya actuación sea requerida posteriormente a dicha fecha, serán adjudicadas a las Defensorías Oficiales de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas conforme los nuevos cuadros anexos a la presente.

Que, en relación, es preciso mencionar que se deberá tomar de referencia para la asignación del mencionado turno, la fecha en la que efectivamente resulte necesaria la intervención de este Ministerio Público de la Defensa.

VIII.- Que, por último, en lo que respecta a los turnos de fines de semana, cabe reiterar los términos de la resolución nro. 31/08 conforme la cual la defensoría que se encuentre de turno en cada zona, será también la que cubra la guardia de contravenciones de fines de semana.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por las las leyes y la Constitución local, corresponde y así;

LA SEÑORA DEFENSORA GENERAL ADJUNTA

A CARGO DE LA DEFENSORÍA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

1° - PRORROGAR los criterios de distribución geográficas de la Resolución DG nro. 171/08, en los que cada una de las defensorías permanecerán de turno con las comisarías respectivas, en meses alternados y de manera sucesiva, con excepción de aquellas sedes que intervengan con Fiscalías en exclusividad.

2° - DISPONER que el "Cronograma de Turnos Contra-vencionales y Penales" que se adjunta a la presente como Anexo I, entre en vigencia a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2008.

3° - ESTABLECER que la defensoría que se encuentre de turno en cada zona según el anexo I de la presente resolución, será también la que cubra la guardia de contravenciones en los turnos de fines de semana.

4° - REGÍSTRESE, PROTOCOLÍCESE Y COMUNÍQUESE mediante oficio de estilo a los/as señores/as Defensores Oficiales de la ciudad, al Tribunal Superior de Justicia, al Sr. Fiscal General, a la Sra. Asesora Tutelar, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara Contravencional y de Faltas, a la Policía Federal Argentina, a Policía de Seguridad Aeroportuaria, a la Gendarmería Nacional, a la Prefectura Naval Argentina, a los Sres. intendentes de los edificio ubicados en las calles Beruti y Combate de los Pozos, publíquese en el Boletín Oficial por un día y, oportunamente, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 130-DG-08-Rectifiac parcialmente términos de la Res 171-DG-07-Rectifica ubicación geográfica de Defensorías Oficiales
MODIFICADA POR
Res. 170-DG-08 Redistribuye turnos en las Def. de Prim. Instancia en lo Contravencional y de Faltas 5 - 7 establecidos en la Res. 130-DG-08
INTEGRADA POR
La Res 128-DG-10 establece turnos Contravencionales y Penales en la Zona A Nor-Este Defensorías Nros 2-5 9 y 14 en el marco de la Res 130-DG-08
INTEGRADA POR
La Res 129-DG-10 establece turnos Contravencionales y Penales en la Zona B Nor-Este Defensorías Nros 6 8 15 y 16 en el marco de la Res 130-DG-08
INTEGRADA POR
La Res 130-DG-10 establece turnos Contravencionales y Penales en Zona C-Sur-Este Defensorías Nros 13 4 10 Y 12 en el marco de la Res 130-DG-08
INTEGRADA POR
La Res 131-DG-10 establece turnos Contravencinales y Penales en Zona D-Sur-Este Defensorías Nros 1 7 10 Y 11 en el marco de la Res 130-DG-08