RESOLUCIÓN 170 2008 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Síntesis:

ESTABLECE TURNOS PARA LAS DEFENSORÍAS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS 5 Y 7

Publicación:

23/10/2008

Sanción:

22/09/2008

Organismo:

DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su art. 125, inc. 2, como facultad del Ministerio Público la de "velar por la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social", en consonancia con lo prescripto por la ley orgánica de este Ministerio Público en su articulado primero (Ley nro. 1903).

En este sentido, conforme lo establecido por el art. 17 de la Ley nro. 1903 corresponde al Ministerio Público defender la jurisdicción y competencia de los tribunales, asegurar la normal prestación de la función judicial y velar por el efectivo cumplimiento del debido proceso legal.

Que, el día 28 de agosto del año en curso se dispuso que las Defensorías de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nro. 5 y 7 sean divididas en dos unidades cada una, surgiendo como resultado las Defensorías Oficiales nro. 9 y 10 de esta Ciudad (cf. Resolución DG nro. 169/08).

Que, por otro lado, en el considerando IV de la Resolución DG nro. 169/08, se promulgo la instrumentación de todas aquellas medidas tendientes a la adaptación del funcionamiento de este Ministerio Público de la Defensa a la nueva estructura establecida por la Ley nro. 1.903 (16 defensores).

Que, bajo estos lineamientos, corresponde modificar parcialmente la Resolución DG nro. 130/08 que dispone los turnos contravencionales para el segundo semestre del corriente año, resultando necesario redistribuir los turnos concernientes a las dependencias divididas (Defensorías nro. 5 y 7).

Por ello, en el uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma, y la ley 1903 corresponde y así;

EL DEFENSOR GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

I.- ESTABLECER que la Defensoría de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nro. 5 se encuentre de turno con las Fiscalías 8 y 11 durante los meses de septiembre y octubre del corriente año;

II.- ESTABLECER que la Defensoría de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nro. 9 se encuentre de turno con las Fiscalías 8 y 11 durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año;

III.- ESTABLECER que la Defensoría de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nro. 7 se encuentre de turno con las Fiscalías 2 y 12 durante los meses de septiembre y octubre del corriente año;

IV.- ESTABLECER que la Defensoría de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nro. 10 se encuentre de turno con las Fiscalías 2 y 12 durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año.

V.- COMUNÍQUESE a los señores/as Defensores Oficiales de la Ciudad, al Tribunal Superior de Justicia, a la Fiscalía General, a la Asesoría Tutelar, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara Contravencional y de Faltas, a la Policía Federal Argentina, a Policía de Seguridad Aeroportuaria, a la Gendarmería Nacional, a la Prefectura Naval Argentina, a los Sres. Intendentes de los edificios ubicados en las calles Beruti y Combate de los Pozos, publíquese en el Boletín Oficial por un día y, oportunamente, archívese. Regístrese, protocolícese y, oportunamente, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 170-DG-08 Redistribuye turnos en las Def. de Prim. Instancia en lo Contravencional y de Faltas 9 - 10 establecidos en la Res. 130-DG-08
MODIFICA
Res. 170-DG-08 Redistribuye turnos en las Def. de Prim. Instancia en lo Contravencional y de Faltas 5 - 7 establecidos en la Res. 130-DG-08
MODIFICADA POR
Res. 175-DG-08 Establece modificaciones a los criterios generales implementados en la Res. 170-DG-08