RESOLUCIÓN 171 2007 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Síntesis:
RECTIFICA PARCIALMENTE LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS POR LA RESOLUCIÓN DG N° 169-07
Publicación:
03/01/2008
Sanción:
26/12/2007
Organismo:
DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto la Resolución N° 107; N° 147 y N° 152/07 de la Fiscalía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Actuaciones Administrativas DG N° 5/01, Turnos de las Defensorías de Primera Instancia en lo Contravencional y la Resolución DG N° 169/07, y
CONSIDERANDO:
I.- Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su art. 125, inc. 2°, como facultad del Ministerio Público la de velar por la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social, en consonancia con lo prescripto por la ley orgánica de este Ministerio Público en su articulado primero (Ley N° 1.903).
II.- Que los cotitulares de la Defensoría de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 5 de esta Ciudad, doctora Sandra Marcela Donnini y doctor Francisco Malini Larbeigt, informaron que consideran adecuado que el plano de guardias de la dependencia a vuestro cargo incluya exclusivamente a las fiscalías ubicadas en la sede judicial de la calle Arias 4491, por lo que es preciso reconsiderar las reubicaciones de las defensorías de grado dispuestas mediante Resolución DG N° 169/07.
III.- Que atento a lo manifestado por los magistrados resulta conveniente que las Defensorías Oficiales de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 1 y N° 2 de esta Ciudad permanezcan en los edificios judiciales en las que actualmente se ubican; estas son, las sedes de Combate de los Pozos 155 y Beruti 3345, respectivamente.
IV.- Que, por otro lado, es beneficioso para su funcionamiento que las precitadas dependencias queden de turno de la siguiente manera:
a) La Defensoría Oficial N° 1 intervendrá en la denominada Zona D (suroeste), con las comisarías asignadas a la Fiscalía Oficial N° 4 de esta Ciudad, de manera exclusiva; mientras que la Defensoría Oficial N° 7 permanecerá de turno con las Fiscalías Oficiales N° 2 y N° 12.
b) La Defensoría Oficial N° 2 intervendrá en la denominada Zona A (Noroeste), con las comisarías asignadas a la Fiscalía Oficial en lo Contravencional y de Faltas N° 3 de esta Metrópoli, de manera exclusiva; mientras que la Defensoría Oficial N° 5 permanecerá de turno con las Fiscalías Oficiales N° 8 y N° 11.
V.- Que en atención a lo expresado anteriormente se torna necesario rectificar parcialmente los términos estipulados en la Resolución DG N° 169/07, junto con su Anexo I.
VI.- Que, por último y siguiendo los lineamientos de la Resolución DG N° 169/07, la presente entrará en vigencia a partir del día 1° de enero de 2008; sin perjuicio de lo cual, por tratarse de una experiencia piloto, su vigencia se extenderá hasta el 30 de junio del próximo año.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por las leyes y la Constitución local, corresponde y así,
EL DEFENSOR GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ANEXOS
ANEXO