DECRETO 866 2008

Síntesis:

CREACIÓN DE LA PLANTA TRANSITORIA PARA PROGRAMA EDUCATIVO BECAS DE INCLUSIÓN ESCOLAR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - AMPLÍACIÓN PLANTA TRANSITORIA DOCENTE - MODIFICA ANEXOS - DECRETO 206-08 - CEPA - ADULTOS 2000 - SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Publicación:

21/07/2008

Sanción:

15/07/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 17758/MEGC/2008, la Ley N° 2571, los Decretos N° 1451/GCBA/2007, N° 2139/GCBA/07, N° 127/GCBA/2008 y N° 206/GCBA/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1451/GCBA/08 se procedió a prorrogar la Planta Transitoria Docente para atender los diferentes programas y proyectos de las áreas educativas dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que a los efectos de lograr un mayor alcance de las distintas acciones de los programas educativos resulta necesario una ampliación de la planta transitoria docente;

Que para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la educación constituye un pilar fundamental de su gestión, tornándose indispensable garantizar los diferentes programas y proyectos que se desarrollan en las distintas Áreas Educativas, en consonancia con la Ley de Presupuesto 2008 aprobada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (art.102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1°.- Amplíase la planta transitoria docente para atender los programas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, prorrogada por Decreto N° 1451/07 para el año 2008 y modificada por el Decreto N° 206 del 13 de marzo de 2008, conforme al detalle y lineamientos esgrimidos en los Anexos I, II y III, los que a todo sus efectos forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2°.- Créase, para el año 2008, la planta transitoria docente para atender el programa educativo Becas de Inclusión Escolar que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, cuya dotación es la que se presenta en el Anexo IV, que a todos sus efectos forma parte del presente decreto.

Art. 3°.- Rectifícase en sus partes pertinentes el Anexo III del Decreto N° 206/GCBA/2008, debiendo figurar el Programa Cárceles en el Subprograma 6 Actividad 1 en lugar de hacerlo en el Subprograma 8 Actividad 3.

Art. 4°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma, será afectado a la Jurisdicción 55, inciso 1°, partida principal 2° y a los programas y subprogramas que se detallan en los Anexos mencionados en los artículos 1° y 2° del presente decreto.

Art. 5°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art. 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación, y de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 866-08 Modifica la Planta transitoria docente aprobada por Dec. 206-08
MODIFICADA POR
Dec. 1322-08 aprueba planta transitoria Docente - modifica Dec. 866-08