RESOLUCIÓN 2706 2008 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

SE INCORPORA AL ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN N° 1521-DGR-08 Y SU AMPLIATORIA RESOLUCIÓN N° 2513-DGR-2008

Publicación:

31/07/2008

Sanción:

17/07/2008

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


Visto los términos de las Resoluciones N° 220/AGIP/2008 (B.O.C.B.A. N° 2915), N° 1521/DGR/2008 (B.O.C.B.A. N° 2930) y N° 2513/DGR/2008 (B.O.C.B.A. N° 2968) y la Resolución General AFIP N° 860/2000 (B.O. del 16 de junio de 2000), y

CONSIDERANDO:

Que a través de la primera de las normas citadas se establecieron los niveles de medición de riesgo fiscal así como las acciones y/u omisiones que son susceptibles de ser encuadradas en cada uno de ellos y que serán de aplicación para los contribuyentes responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que en este marco se dictaron las Resoluciones N° 1521/DGR/2008 y 2513/DGR/2008 en las que se precisan qué situaciones hacen enmarcar como perfil de Alto Riesgo Fiscal a los contribuyentes o responsables;

Que en función del permanente análisis de las conductas de los contribuyentes resulta necesario incorporar otro universo ampliando de esta forma los criterios de evaluación;

Que la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General antes citada creó el Certificado de Validación de Datos de Importadores (C.V.D.I.) para los sujetos inscriptos o que se inscriban como importadores en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas;

Que para un mayor y adecuado control de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en la Categoría Locales y que intervienen en las operaciones de importación resulta necesario exigir el cumplimiento de la presentación del Certificado señalado en el párrafo precedente;

Que los contribuyentes y/o responsables que no acrediten su situación fiscal ante el agente de percepción serán incorporados al universo de contribuyentes de alto riesgo fiscal;

Por ello y en virtud de lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución N° 220/AGIP/08,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorpórase al artículo 1° de la Resolución N° 1521/DGR/08 y su ampliatoria Resolución N° 2513/DGR/2008 el siguiente inciso:

i)Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Categoría Locales que no presenten ante la Dirección General de Aduana, en su calidad de agente de percepción, el Certificado de Validación de Datos de Importadores expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos para los sujetos que realicen importaciones definitivas de bienes o mercaderías.

Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 01 de agosto de 2008.

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las distintas dependencias de este Organismo. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 16 de la Resolución 744-AGIP-11 deroga la Resolución 2706-DGR-08.</p>
MODIFICA
La Resolución N° 2706-DGR-08 incorpora un inciso al art. 1° Resolución N° 2513-DGR-08
MODIFICADA POR
Res 3241-DGR-08 rectifica en la Resolución N° 2706-DGR-08, la referencia a la Resolución General AFIP 860-00, debiendo reemplazarse por la Resolución General AFIP N° 2238-07