DISPOSICIÓN 12 2008 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Síntesis:

DISPONE QUE LAS DIRECCIONES GENERALES TÉCNICAS ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE CADA MINISTERIO INTEGRANTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD ASIGNARAN NÚMERO A LOS EXPEDIENTES QUE SE INICIEN EN EL ÁREA - CARATULACIÓN DE EXPEDIENTES - DECRETO 2008-03

Publicación:

19/08/2008

Sanción:

11/08/2008

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO


Visto los Decretos 2028 / MCBA / 1979; 2008 / GCBA / 2003; 2075 / GCBA / 2007; 417 / GCBA / 2008 y 935 /GCBA / 2008;

CONSIDERANDO:

Que entre sus Responsabilidades Primarias la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, como órgano rector; está facultada a autorizar a otras reparticiones a efectuar la caratulación de expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo es la Autoridad que asigna la numeración que corresponda a la caratulación de expedientes, continuando con el desarrollo de la descentralización encarada, en sus etapas opcional y obligatoria,

Que con la incorporación del Programa "NUEVO SUME" puede accederse al control del cupo numérico para requerir la caratulación de los expedientes;

Que con la designación de dos administradores locales por cada una de las DEGETALES dependientes de los Ministerios, quedará establecido un adecuado procedimiento a fin de que se cumplimenten las etapas Reglamentadas para el Inicio, Ordenamiento, Registro, Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas;

Que para un mejor control esta Unidad de Organización intervendrá en las Altas, Bajas y el conveniente Perfil de los Administradores Locales, a propuesta de los Ministerios;

Por ello y en uso de las atribuciones legales que le son propias:

El DIRECTOR GENERAL

DE LA MESA GENERAL DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°: Autorizase a las Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales de los Ministerios dependientes del Poder Ejecutivo a asignar la numeración que corresponda a la caratulación de expedientes internos que se inicien en cada área, siendo responsables del cumplimiento de la Reglamentación establecida en el Decreto 2008 / GCBA / 2003;

Art. 2°: La incorporación al proceso de "Descentralización de Caratulación de Expedientes", que se encuentra en una etapa opcional será de carácter obligatorio a partir del 23 de Agosto de 2008;

Art. 3°: Las Direcciones Generales mencionadas en el artículo 1°, deberán designar los administradores locales, que serán los responsables a través del Programa "NUEVO SUME", de aplicar el adecuado procedimiento que reglamenta el Inicio, Ordenamiento, Registro, Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas.

Art. 4°: La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo interviene en el control de las Altas, Bajas y Perfiles de los Administradores Locales.

Art. 5°: Regístrese, comuníquese a las DEGETALES dependientes de los Ministerios. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Dispo 20-MGESYA-08-Autoriza a la Subsecretaría de Trabajo, a la Dirección General de Empleo y a la Dirección General Protección del Trabajo a caratular Expedientes internos, conforme a Dispo 12-MGESYA-08