RESOLUCIÓN 644 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

CONVOCA Y REGLAMENTA EL CONCURSO EDU TIC PARA PYMES - PROGRAMA DE FORMACIÓN DE PROGRAMADORES EN EL MARCO DEL PROGRAMA RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYMES CREADO POR EL DECRETO N° 923-GCBA-05 - ESTABLECE QUE EL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO ES LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA Y DEFINE SUS RESPONSABILIDADES AL RESPECTO - MISIONES Y FUNCIONES

Publicación:

12/12/2008

Sanción:

09/12/2008

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO


VISTO: La Ley N° 2.506, los Decretos N° 923/GCBA/05 y N° 2.075/GCBA/07, la Resolución N° 61-SSPRODU-06, y el Expediente N° 62.753/08, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto, tramita el Concurso “Edu Tic para PYMES (Programa de Formación de Programadores)”, en el marco del Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” creado por el Decreto N° 923/GCBA/05;

Que la mencionada convocatoria busca incentivar a organizaciones no gubernamentales al fomento, crecimiento y fortalecimiento de las empresas PyMES especializadas en tecnología y servicios informáticos, a través de un programa educativo, por el que se capaciten a jóvenes interesados en la tecnología del software, y se los inserte en la actividad laboral como programadores juniors;

Que por el Decreto N° 923/GCBA/05, se creó, en el ámbito de la ex-Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, hoy Ministerio de Desarrollo Económico, el Programa Red Institucional de Apoyo a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de contribuir a la mejora de la competitividad de esa clase de emprendimientos a través del fortalecimiento de su interacción con las Organizaciones y Entidades No Gubernamentales especializadas en suministrarles servicios de apoyo;

Que a tal efecto, se determinó que las entidades y organizaciones antes indicadas podrían ser de carácter privado sin fines de lucro o mixto y con experiencia en el desarrollo de actividades de asistencia técnica o de capacitación a esa clase de empresas, así como relacionadas con la promoción del desarrollo emprendedor u otros temas vinculados al fomento de la actividad productiva;

Que la Ciudad dispone desde hace años de un importante capital institucional y humano, generado a partir de la existencia de un conjunto de entidades gremiales empresarias -tanto sectoriales como generales- y de organizaciones sin fines de lucro con trayectoria y experiencia en la gestión de programas y/o acciones orientadas a apoyar y/o favorecer el desarrollo competitivo de las pequeñas y medianas empresas que se desempeñan en su ámbito;

Que resulta deseable fortalecer el accionar de dichas organizaciones en la gestión de actividades que apunten a brindar servicios a las empresas, en el campo del desarrollo estructural, habida cuenta que ello posibilitará una mayor y mejor llegada y efectividad de los instrumentos y/o programas públicos y/o privados de fomento a la internacionalización de negocios, en favor de las empresas que operan en la Ciudad;

Que en tal sentido los instrumentos y mecanismos contemplados por el citado Programa, reúnen las características necesarias para la consecución de los objetivos especificados en los párrafos precedentes, razón por la cual se entiende que los procesos que se convoquen deben realizarse en el marco jurídico allí establecido, con las adecuaciones que resulten de la especificidad de la materia que nos ocupa;

Que por Resolución N° 61-SSPRODU-06 se creó el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Anexo I de la precitada Resolución estableció que la inscripción en el comentado registro posibilitaría a las instituciones sin fines de lucro con actividades relacionadas con el desarrollo y el fomento de proyectos productivos, comerciales, industriales y de servicios en el ámbito de la Ciudad, a participar en las diferentes convocatorias y programas que pudiesen crearse y que requiriesen de la participación de este tipo de organizaciones;

Que consecuentemente, se entiende conveniente mantener, para las entidades postulantes a concursos convocados con relación a cuestiones vinculadas con el desarrollo de inversiones, la exigencia de encontrarse inscriptas en el Registro indicado, con idénticos alcances y exigencias que para el resto del universo al que tal Resolución se dirige;

Que asimismo, corresponde establecer para el concurso que se propicia, las condiciones que deben reunir las entidades participantes, las formas de llevar a cabo tal participación, y el aporte no reembolsable que se entregará a quienes resulten beneficiarias;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, designando a la Subsecretaría de Inversiones dependiente de este Ministerio como unidad ejecutora del concurso, disponiendo las funciones que se encuentran a su cargo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde, atento las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Convócase al Concurso “Edu Tic para PYMES (Programa de Formación de Programadores)”, en el marco del Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” creado por el Decreto N° 923/GCBA/05.

Artículo 2°.- Establécese que podrán participar de este Concurso las instituciones gremiales empresarias, sectoriales y otras instituciones sin fines de lucro que se encuentren previamente inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a PyMES creado por la Resolución N° 61-SSPRODU-06 debiendo, las que resulten seleccionadas, participar del proceso de gestión, administración y tutoría de proyectos educativos en empresas con actividad productiva en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Establécese que las entidades que resulten ganadoras accederán a un aporte no reembolsable destinado a permitir la implementación de la propuesta efectuada, de acuerdo con las pautas, montos y metodología de desembolsos aprobadas a tal efecto.

Artículo 4°.- Este Ministerio de Desarrollo Económico es la Autoridad de Aplicación de la presente convocatoria y tiene a su cargo:

a) Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del Concurso.
b) Suscribir las Actas Acuerdo con las empresas beneficiarias.
c) Autorizar la devolución del seguro de caución al que hace referencia el Anexo I de la presente Resolución o, por el contrario, disponer el inicio del trámite de ejecución de la caución en caso de incumplimiento fundado.
d) Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.

Artículo 5°.- Asígnase a la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico la calidad de Unidad Ejecutora del presente concurso, teniendo a su cargo en tal carácter:

a) Recibir las propuestas técnicas de las entidades y organizaciones participantes del concurso.
b) Evaluar las propuestas técnicas y los antecedentes de las entidades participantes.
c) Elaborar un informe del resultado de las evaluaciones efectuadas y recomendar a la autoridad de aplicación el otorgamiento del beneficio en los casos en que esto corresponda.
d) Dar a publicidad a los ganadores del concurso y notificar a las entidades del resultado de la evaluación de las propuestas, en el mismo lugar de su presentación, dentro de los diez (10) días posteriores a la finalización del proceso de evaluación de las propuestas técnicas.
e) Efectuar el seguimiento, control y auditoría de las propuestas seleccionadas. f) Dictar las disposiciones de detalle que fueren necesarias para el cumplimiento de las funciones enumeradas precedentemente.

Artículo 6°.- Destínase a este concurso la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000), los que serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto en vigor.

Artículo 7°.- Establécese que las propuestas técnicas de las entidades deberán ser presentadas hasta el día 22 de Diciembre de 2008 a las 16 hs. en la sede de la Subsecretaría de Inversiones, sito en Avenida Roque Sáenz Peña 832, piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 8°.- Apruébanse los Anexos I, II (Formularios 1 y 2), III y IV los que forman parte integrante de la presente Resolución y que deberán ser cumplimentados por las entidades u organizaciones sin fines de lucro interesadas, bajo apercibimiento de ser desestimada la correspondiente participación o dar por rescindido el correspondiente vínculo.

Artículo 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Inversiones. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 644-08 convoca y reglamenta el Concurso Edu Tic Para PyMEs - Programa de Formación de Programadores en el marco del Programa Red Institucional de Apoyo a MiPyMEs, creado por Dto. 923-05
COMPLEMENTA
Res. 644-08 establece que las entidades inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPYMES, creado por Res. 61-06 podrán participar del Concurso Edu Tic para PYMES