LEY 2944 2008
Síntesis:
ANUNCIOS PUBLICITARIOS - DIFUSIÓN - PUBLICIDAD DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - OBLIGATORIEDAD - OBLIGACIÓN DE INFORMAR LAS CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD Y PERMANENCIA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD MOTORA - MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE FALTAS - CONDICIONES DE INGRESO - MULTAS - SANCIONES - PUBLICIDAD GRÁFICA - PUBLICIDAD - RADIAL - TELEVISIVA - PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - DISCAPACITADOS
Publicación:
22/01/2009
Sanción:
27/11/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
09/01/2009
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Todo anuncio que difunda o publicite espectáculos públicos por cualquier medio de comunicación deberá informar si el lugar donde se lleva a cabo el espectáculo está debidamente acondicionado para el acceso y permanencia de personas con discapacidad motora.
Las publicidades gráficas deberán llevar impreso el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora.
La publicidad radial o televisiva deberá insertar el siguiente texto: "El evento garantiza el acceso y permanencia de personas con discapacidad motora".
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
Buenos Aires, 13 de enero de 2009.
En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2.944 (Expediente N° 75.414/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 27 de noviembre de 2008 ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de enero de 2009.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Agencia de Control Gubernamental y a la Secretaría de Comunicación Social, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Clusellas.