RESOLUCIÓN 93 2008 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

SE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LA CALLE RECONQUISTA EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE LA CALLE RICARDO ROJAS Y LA AV CÓRDOBA - PROHIBICIÓN DE CIRCULAR - AUTOMÓVILES - CARGA - DESCARGA - REPARTO - ABASTECIMIENTO DE MERCADERÍAS

Publicación:

03/02/2009

Sanción:

23/12/2008

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Nota N° 7687-DGTRANSI-2008, y

CONSIDERANDO:

Que este actuado se relaciona con la remodelación de la calle Reconquista en el tramo comprendido entre la calle Ricardo Rojas y la avenida Córdoba, con el fin de valorar y apreciar el espacio público;

Que se han concluido e inaugurado los trabajos de remodelación de la calle Reconquista entre la calle Ricardo Rojas y Avenida Córdoba, por lo cual resulta oportuno establecer las medidas de ordenamiento del tránsito acordes al nuevo uso de ese tramo de arteria.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Prohíbase, con carácter transitorio y experimental, por el término de (90) noventa días corridos, la circulación general de vehículos, todos los días durante las veinticuatro (24) horas, en la calle Reconquista en el tramo comprendido entre la calle Ricardo Rojas y la avenida Córdoba, con las salvedades establecidas en el artículo 2°.:

Artículo 2°.- Exceptúese de la prohibición dispues ta en el artículo anterior a los vehículos que se detallan, los que circularán a una velocidad mayor al paso de hombre (6 Km./h), en una sola dirección indicada por el señalamiento.

a) Los destinados a la instalación y mantenimiento de alumbrado público, señalamiento y pavimentos, a la recolección de residuos y a la construcción de edificios cuyo trabajo deba realizarse con carácter de imprescindible en la obra misma.

b) Los afectados a urgencias y emergencias, como asimismo los que transporten pasajeros con destino a hoteles y los pertenecientes a propietarios o locatarios de cocheras todos ellos ubicados en el tramo en cuestión.

NOTA - En el caso de las excepciones contempladas precedentemente, los conductores deberán observar que los peatones tendrán prioridad de tránsito en toda la extensión de ese tramo de la calle Reconquista.

Artículo 3°. - Prohíbase, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, el estacionamiento general de vehículos junto a ambas aceras todos los días durante las 24 horas, en toda la extensión de la calle Reconquista en el tramo comprendido entre la calle Ricardo Rojas y la avenida Córdoba.

Artículo 4°. - Establézcase, con carácter transito rio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, que las operaciones de carga, descarga, reparto y abastecimiento de mercaderías estarán prohibidas todos los días, incluyendo sábados y domingos de 08.00 a 20.00 horas.

Artículo 5°. - Déjense sin efecto todas las normas o partes de ellas que se opongan a la presente.

Articulo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos dentro del término previsto en el Artículo 1.2.3 a) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a las Direcciones Generales de Transporte y de Seguridad Vial.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 4 de la Res 12-MDU-08 establece que las operaciones de carga, descarga, reparto y abastecimiento de mercaderías estarán prohibidas todos los días - Reconquista entre Ricardo Rojas y Av Córdoba
MODIFICADA POR
<p>Art. 6 Res. 41-SSTRANS-09 reemplaza arts. 2 y 4 de la Res. 93-SSTRANS-08</p>