RESOLUCIÓN 10 2009 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA POR NOVENTA DÍAS CORRIDOS - PLAZO DE VIGENCIA ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN N° 78-SSTRANS-08 - RÉGIMEN DE CONTRACARRILES PREFERENCIALES - TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - DÍAS HÁBILES ENTRE LAS 8 Y LAS 20 HORAS - MEJORA FLUIDEZ VEHICULAR- REORDENAMIENTO EXPERIMENTAL - ADAPTACIÓN DE NORMATIVA AL DESPLAZAMIENTO VEHICULAR

Publicación:

12/03/2009

Sanción:

27/02/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Ley N° 2148, el Decreto N° 2075/07, el Decreto N° 498/GCBA/08, la Resolución N° 78/SSTRANS/08, el Expediente N° 65338/08, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 78/SSTRANS/08 se implantó con carácter provisional y experimental, por el término de noventa (90) días, y como medida de excepción, el régimen de contracarriles preferenciales para el transporte público de pasajeros por automotor, los días hábiles en el horario comprendido entre las 8 y las 20 horas;

Que los tramos de arterias en donde se estableció el régimen, comprenden la Avenida Las Heras entre Coronel Díaz y Avenida Callao, en sentido de circulación hacia el sudeste, y Diagonal Norte entre Rivadavia y Sarmiento, en sentido de circulación hacia el noroeste;

Que la norma se motivó en la necesidad de mejorar la fluidez vehicular provocada por los altos niveles de congestión vehicular que se registran en las principales avenidas de la ciudad, y en atender a la demanda de los usuarios del transporte público, orientada a la reducción de los tiempos de viaje;

Que en función de las alternativas existentes se consideró conveniente dictar un reordenamiento experimental a fin de ajustar la normativa a las condiciones de desplazamiento vehicular, con el propósito de evaluar los resultados y adoptar las modificaciones necesarias;

Que con el objeto de perfeccionar la planificación de la ciudad y consecuentemente mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, los resultados que arroja la implementación de la medida, deben ser analizados cuidadosa y detalladamente;

Que para este propósito resulta exiguo el plazo de vigencia de noventa (90) días establecido para el funcionamiento del régimen de contracarriles preferenciales, dispuesto por el artículo 1° de la Resolución N° 78/SSTRANS/08;

Que el Código de Tránsito y Transporte faculta a la autoridad de aplicación a prorrogar por única vez y por el término de noventa (90) días las medidas que se adopten de manera experimental. Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, conferidas por la Ley N° 2148, el Decreto N° 2075/GCBA/07 y el Decreto N° 498/GCBA/08,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase por el término de noventa (90) días corridos el plazo de vigencia previsto en el artículo 1° de la Resolución N° 78/SSTRANS/08, el cual comenzará a correr desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2°.-

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Transporte, de Espacio Público y de Seguridad Urbana. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Transporte y a la Dirección General de Tránsito. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Res. N° 10-SST-09 prorroga plazo de vigencia del art. 1° Res. N° 78-SSTRANS-08
MODIFICADA POR
Res. 37-SST-09 Prorroga la Res. 10-SSTRANS-08 hasta la finalización de las tareas programadas por parte de Autopistas Urbanas Sociedad Anónima